1. Constitución Mesa Electoral. * Hola, mi pregunta es qué consecuencias puede tener para la mesa electoral no constituirse el mismo día fijado por la autoridad laboral. Puesto que hay 3 días hábiles en llevar los papeles a la autoridad laboral, si se deja por ejemplo dos días, ¿se sanciona?, ¿a quién? ¿Puede algún interventor sindical exigir la constitución de la mesa ese mismo día si no aparece el trabajador de mayor edad, más antiguo y más joven de la empresa? Gracias.