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Elecciones sindicales

3 Comentarios
 
Elecciones sindicales
19/12/2003 22:13
Buenas y felices fiestas.
En mi empresa se van a realizar elecciones sindicales y querria saber si los trabajadores de ett cuentan para el censo electoral. Es que he escuchado algo de que cuentan todos segun el tiempo que han estado y que aunque ahora no esten la mayoria, pero durante este año cuentan las horas que han hecho o algo asi
me lo puede explicar alguien?


22/12/2003 11:20
Los contratos por término de hasta un año se computarán según el nº de días trabajados en período de un año anterior a la convocatoria de la elección. Cada 200 dias trabajados o fracción se computará como un trabajador más. Se contabilizarán como días trabajados los días de descanso. incluyendo los descansos semanales, festivos y vacaciones anuales en el momento del inicio del proceso electoral.

En un centro de trabajo con 100 trabajadores fijos, 25 eventuales con contrato superior a un año, 25 fijos discontínuos y 100 eventuales con contrato inferior a un año que han trabajado 4.000 días tendrá a efectos del censo
4.000/200= 20

100+25+25+20=170 trabajadores y corresponde elegir un Comité de 9 miembros.

Saludos.
22/12/2003 18:32
Muchas gracias, pero ¿cuando dices eventuales con contrato inferior a un año, podemos meter en este colectivo a los trabajadores de Empresas de Trabajo Temporal (ETTs)?
24/12/2003 14:17
Entiendo que no, no son trabajdores de tu empresa sino de la ETT.
Elecciones sindicales | PorticoLegal
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3 Comentarios
 
Elecciones sindicales
19/12/2003 22:13
Buenas y felices fiestas.
En mi empresa se van a realizar elecciones sindicales y querria saber si los trabajadores de ett cuentan para el censo electoral. Es que he escuchado algo de que cuentan todos segun el tiempo que han estado y que aunque ahora no esten la mayoria, pero durante este año cuentan las horas que han hecho o algo asi
me lo puede explicar alguien?


22/12/2003 11:20
Los contratos por término de hasta un año se computarán según el nº de días trabajados en período de un año anterior a la convocatoria de la elección. Cada 200 dias trabajados o fracción se computará como un trabajador más. Se contabilizarán como días trabajados los días de descanso. incluyendo los descansos semanales, festivos y vacaciones anuales en el momento del inicio del proceso electoral.

En un centro de trabajo con 100 trabajadores fijos, 25 eventuales con contrato superior a un año, 25 fijos discontínuos y 100 eventuales con contrato inferior a un año que han trabajado 4.000 días tendrá a efectos del censo
4.000/200= 20

100+25+25+20=170 trabajadores y corresponde elegir un Comité de 9 miembros.

Saludos.
22/12/2003 18:32
Muchas gracias, pero ¿cuando dices eventuales con contrato inferior a un año, podemos meter en este colectivo a los trabajadores de Empresas de Trabajo Temporal (ETTs)?
24/12/2003 14:17
Entiendo que no, no son trabajdores de tu empresa sino de la ETT.