Somos una comunidad de 24 pisos en la C.A. de Aragón, uno de los vecinos, ya mayor, ha dicho que precisa un elevador desde la puerta de entrada al ascensor que está situado 11 escaleras del portal de entrada.Estamos los vecinos obligados a ponerlo o pagarlo? Gracias
sí, si se aprueba en junta. para este caso, dado que se trata de mejoras de accesibilidad, opino que se debería aprobar si votan a favor un tercio de los propietarios que representen un tercio de las cuotas de participacion. Aunque el hecho de que sea un elevador, y no una simple rampa, me hace dudar un poco. Por otro lado no sé muy bien como quedó el tema, pero me parece que está previsto que la obligación sea extensible bajo demanda de un unico propietario.