Hola: Parado de larga duración que tenía un embargo por tarjeta de crédito al que no ha podido hacer frente en este tiempo. Ahora ha encontrado trabajo, pero le obligan a trabajar como autónomo, cosa que ha hecho. Acaba de recibir un oficio del Juzgado donde se le dice que debe de ingresar en la cuenta del juzgado los frutos de su actividad. La pregunta es: como trabajador por cuenta propia, ¿le embargan desde la primera peseta ó una vez que supere a un ingreso equivalente al salario mínimo?, en cualquier caso, ¿cuál sería el apoyo legal? Gracias.
Muchas gracias Luisconrad por su respuesta. Si no es mucho pedir, ¿podría decirme la norma donde se refleja para poder alegarlo ante el Juzgado?, ya que el oficio dice "los frutos de su actividad" sin especificar a partir de qué cantidad. Muy amable.