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Embargo bien hipotecado

3 Comentarios
 
Embargo bien hipotecado
13/03/2014 14:53
Buenos días.

A ver si alguien me puede ayudar. Se trata de una Comunidad de Propietarios a la que un inquilino le debe bastante dinero. He pedido una nota simple de la vivienda para ver la titularidad y posibles cargas, y he visto que tiene una hipoteca desde el 27/07/05 y la nota al margen de la misma informando de que se ha expedido con fecha 15/10/12 la certificación del 688 LEC decretada por el juzgado que está llevando la ejecución hipotecaria.

MI pregunta es, ¿tiene algo que hacer la comunidad? ¿si interpone ya el monitorio y solicita anotación preventiva de la demanda podría llegar a tener preferencia su crédito frente al del banco? ¿Una vez presentada la demanda de monitorio se podria emprender ya una tercería de mejor derecho?

Si alguien me puede ayudar, se lo agradecería.

Muchas gracias y un saludo.
14/03/2014 11:53
Buenos días, Luar75; me parece que estás bastante perdido, sin ánimo de ofender (una anotación preventiva de demanda en un monitorio es inverosímil, por ejemplo).

Porque la finca tiene afección real al pago de las cuotas (del año en curso más el anterior, en Catalunya, más los 3 anteriores en otras CCAA), pero éso no es un mejor derecho que pueda anteponerse a la ejecución hipotecaria.

Lo práctico sería esperar la subasta del banco (que es extraño no se haya producido, por las fechas), y reclamar esas cuotas al adjudicatario, pues la finca responde por ellas.

Saludos,
15/03/2014 16:32
Gracias Pomares.

¿Y una tercería de mejor derecho para hacer valer la preferencia de crédito comunitario frente al crédito del banco?
17/03/2014 17:15
Mira luar75:
Si hay en marcha una ejecucion hipotecaria es porque el pavo en cuestion no tiene ni donde caer muerto, y despues de la ejecucion hipotecaria el pavo va a terminar con la casa subastada o en poder del banco y con una deuda de narices, ¿realmente crees tu que el pavo va a tener bienes para asumir el pago a una comunidad de propietarios? la demanda que le pensais poner no va a servir para nada porque ni el banco va a cobrar ni la comunidad, ni posteriores litigantes van a cobrar tampoco, salvo que el pavo decida (y tenga dinero) hacer una refinanciacion bancaria, cosa que por lo que cuentas es bastante improblable.

No es por desanimarte pero esos procesos judiciales no van aservir para nada con un deudor que es insolvente cronico.
Embargo bien hipotecado | PorticoLegal
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Embargo bien hipotecado
13/03/2014 14:53
Buenos días.

A ver si alguien me puede ayudar. Se trata de una Comunidad de Propietarios a la que un inquilino le debe bastante dinero. He pedido una nota simple de la vivienda para ver la titularidad y posibles cargas, y he visto que tiene una hipoteca desde el 27/07/05 y la nota al margen de la misma informando de que se ha expedido con fecha 15/10/12 la certificación del 688 LEC decretada por el juzgado que está llevando la ejecución hipotecaria.

MI pregunta es, ¿tiene algo que hacer la comunidad? ¿si interpone ya el monitorio y solicita anotación preventiva de la demanda podría llegar a tener preferencia su crédito frente al del banco? ¿Una vez presentada la demanda de monitorio se podria emprender ya una tercería de mejor derecho?

Si alguien me puede ayudar, se lo agradecería.

Muchas gracias y un saludo.
14/03/2014 11:53
Buenos días, Luar75; me parece que estás bastante perdido, sin ánimo de ofender (una anotación preventiva de demanda en un monitorio es inverosímil, por ejemplo).

Porque la finca tiene afección real al pago de las cuotas (del año en curso más el anterior, en Catalunya, más los 3 anteriores en otras CCAA), pero éso no es un mejor derecho que pueda anteponerse a la ejecución hipotecaria.

Lo práctico sería esperar la subasta del banco (que es extraño no se haya producido, por las fechas), y reclamar esas cuotas al adjudicatario, pues la finca responde por ellas.

Saludos,
15/03/2014 16:32
Gracias Pomares.

¿Y una tercería de mejor derecho para hacer valer la preferencia de crédito comunitario frente al crédito del banco?
17/03/2014 17:15
Mira luar75:
Si hay en marcha una ejecucion hipotecaria es porque el pavo en cuestion no tiene ni donde caer muerto, y despues de la ejecucion hipotecaria el pavo va a terminar con la casa subastada o en poder del banco y con una deuda de narices, ¿realmente crees tu que el pavo va a tener bienes para asumir el pago a una comunidad de propietarios? la demanda que le pensais poner no va a servir para nada porque ni el banco va a cobrar ni la comunidad, ni posteriores litigantes van a cobrar tampoco, salvo que el pavo decida (y tenga dinero) hacer una refinanciacion bancaria, cosa que por lo que cuentas es bastante improblable.

No es por desanimarte pero esos procesos judiciales no van aservir para nada con un deudor que es insolvente cronico.