Hola, querría saber si en la vía penal y civil se pueden embargar bienes que tenga el condenado fuera de España, tales como inmuebles y cuentas bancarias.
Se puede efectuar, pero el juzgado de España tiene que pedir la colaboracion de las autoridades judiciales del otro Estado donde se efectuara el embargo. Siempre y cuando entre ambos Estados exista un convenio de colaboracion/auxilio judicial.
Saludos