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Embargo con menor usufructuario

21 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 21 comentarios
24/03/2009 15:03
Reitero lo dicho anteriormente, aunque ese derecho de vivienda esté anotado en el registro de la propiedad, en el auto de adjudicación del bien subastado, se acordará la cancelación de todas las anotaciones posteriores, sean embargos o derechos adquiridos con posterioridad.
24/03/2009 14:46
x-aaa, tienes razón, lo llamo usufructo pq pensaba que eso era, pero entiendo que es algo distinto por lo que me contestáis.
Vio: lo diferencio. Los abogados de la mujer solicitaron que se pusiera una anotación en el registro de la propiedad, no obstante, pediré nota registral para comprobar si ya está inscrito.
24/03/2009 11:28
Habiéndose producido un juicio, y una sentencia firme, con el agravante de la inexistencia de usufructuarios y de otras cargas, que comprometan la libre disposición de la vivienda por el nuevo propietario, no le quedará más opción a los actuales ocupantes que desalojarla.

Saludos,
Tom
24/03/2009 11:23
A fmb parece que confunde el Registro Civil, donde se inscriben separaciones, divorcios, y uso de habitación, ( derechos personales) con el Registro de la Propiedad donde han de inscribirse los derechos reales tales como hipotecas, usufructos , etc..Son dos Registros independientes. Salvo mejor criterio.
24/03/2009 11:23
Por lo que ha contado en principio, el piso ya tenia hipoteca cuando se realizó el supuesto usucfruto, asi que no le afecta al banco ni tampoco al posible adjudicatario, se cancelan las cargas posteriores a la hipoteca. Son las anteriores cargas las que si afectan al adjudicatario.
24/03/2009 11:16
Observando las notas de subastas en Los Juzgados,
(que no se molestan mucho), dicen que las posibles cargas será de cargo del adjudicatario. Los bancos, lo mismo que cualquiera, han de averiguar eso y sopesar el valor adquirido. Salvo mejor criterio.
24/03/2009 10:41
fmb, yo creo que tu error es que llamas usufructo a la adjudicación del uso de la vivienda que se hizo en la sentencia de separación, no?
24/03/2009 10:13
Si la vivienda estaba hipotecada por un banco, no pudieron inscribir ese usucfruto sin la conformidad del banco hipotecario y no creo que el banco accediera al registro de ese usucfruto ya que era una carga para la vivienda.

Tambien puede ser que el usucfruto si esta registrado sea despues de la hipoteca y entonces si lo subasta el banco, ese registro quede anulado con la adjudicación a un tercero.

Hay miles de viviendas en España que estan hipotecadas y que estan siendo usadas por los hijos de los propietarios segun la sentencia de separación o divorcio, pero eso no da derecho a que si no se paga la hipoteca y son subastadas las viviendas, puedan quedarse a vivir alli aunque éstas sean subastadas.

En ese caso, la mayoria no pagarian la hipoteca y punto, los niños seguirian viviendo alli hasta su mayoria de edad no? No es logico ... el banco hipoteca sin usucfruto y quien acude a la subasta no se hace cargo de las posteriores anotaciones registrales de embargos ...etc...

Salvo mejor opinión...
24/03/2009 09:44
Hasta lo que yo sé, la otra parte solicitó que se inscribiera en el registro, por lo que es muy probable que a día de hoy ya figure. Lo de que fuera mediante escritura no lo tengo claro.
24/03/2009 09:25
Para constituir el usufructo debió valorarse, pagar el correspondiente impuesto, e inscribirlo en el Registro de la Propiedad, mediante escritura.
En otro caso es un simple uso y disfrute consecuencia de la separación o divorcio. Los Juzgados cuando subastan no suelen entrar en estas cuestiones, que han de ser indagadas por los concurrentes a las subastas. Salvo mejor criterio
24/03/2009 08:43
Tom, en el momento de otorgarse el usufructo, que imagino que corresponde al momento del juicio de divorcio no, no se personó el banco. Os agradezco a todos las opiniones aunque la verdad es que sigo sin verlo claro. No sé entonces si hay efectivamente usufructo o no lo hay. Si lo hubiera deduzco que sería imposible echarlos. Si no lo hubiera sería posible pero tendría que hacerlo el adjudicatario e imagino que será largo y costoso conseguirlo. Mi planteamiento inicial era ayudar a un familiar porque tengo entendido que si acudiera alguien a la subasta con fines especulativos y diera menos de lo que se debe o ella (su ex-mujer) ejerciera el derecho de tanteo y retracto por una cantidad menor, él tendría que seguir respondiendo por el resto de la deuda. Pero si por ayudarle acabo complicándome yo ya arriesgando mis ahorros pues creo que no acudiría a la subasta.
24/03/2009 00:04
Hasta ahora, no me he percatado de la celebración de un juicio con sentencia incluída, si bien, de unos razonamientos sustentando la hipótesis de un previsible embargo y el cuestionamiento de los derechos de un supuesto usufructuario.

Saludos,
Tom
24/03/2009 00:04
Yo creo que no tiene un usucfruto, lo que debe tener es, al separarse el matrimonio, el uso y disfrute de la vivienda conyugal y esta recogida en la sentencia de separación o divorcio. Pero ese uso y disfrute es porque el padre es el propietario de la vivienda, en el momento que esa vivienda sea adjudicada en sentencia a otra persona, madre e hijo pasaran a estar en precario y el nuevo propietario podra desahuciarlos.
23/03/2009 23:51
hombre, si se ha subastado la vivienda es porque lógicamente ha habido un jucio
23/03/2009 23:09
Siempre, x-aaa, que se hubiera ejercitado un juicio sumarial hipotecario y el resultado fuera una Sentencia satisfactoria para el Banco.

Saludos,
Tom
23/03/2009 22:58
Una vez subastada la vivienda, el adquirente tendrá que echarlos.
23/03/2009 22:26
Dos preguntas: En el momento de otorgarse el derecho de usufructo, compareció el banco? Siendo así, formuló alguna objeción? Gracias por contestar.

Saludos,
Tom
23/03/2009 22:08
Por sentencia judicial de divorcio la casa es para el niño y quien tenga su custodia hasta que se emancipe. Viven madre y niño ahí por ello y hasta lo que sé no pueden echarles. Mi duda es si el banco, una vez embargada la vivienda, tiene derecho a hacerlo y si es así, si sería antes de subarstarlo o si la subastarían y el que la adquiriera tendría que ocuparse de desahuciarlos SI ES QUE PUEDE HACERLO, porque eso es lo que no tengo nada claro.
23/03/2009 22:02
Me da a mi que no hay un usufructo sino que simplemente la madre y el niño viven en la casa, no?
23/03/2009 21:49
Después. La vivienda es bien privativo de él desde que era soltero. La hipoteca también. Después se casó en régimen de separación de bienes y nació el hijo. La vivienda y la hipoteca seguían y siguen siendo suyas.
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24/03/2009 15:03
Reitero lo dicho anteriormente, aunque ese derecho de vivienda esté anotado en el registro de la propiedad, en el auto de adjudicación del bien subastado, se acordará la cancelación de todas las anotaciones posteriores, sean embargos o derechos adquiridos con posterioridad.
24/03/2009 14:46
x-aaa, tienes razón, lo llamo usufructo pq pensaba que eso era, pero entiendo que es algo distinto por lo que me contestáis.
Vio: lo diferencio. Los abogados de la mujer solicitaron que se pusiera una anotación en el registro de la propiedad, no obstante, pediré nota registral para comprobar si ya está inscrito.
24/03/2009 11:28
Habiéndose producido un juicio, y una sentencia firme, con el agravante de la inexistencia de usufructuarios y de otras cargas, que comprometan la libre disposición de la vivienda por el nuevo propietario, no le quedará más opción a los actuales ocupantes que desalojarla.

Saludos,
Tom
24/03/2009 11:23
A fmb parece que confunde el Registro Civil, donde se inscriben separaciones, divorcios, y uso de habitación, ( derechos personales) con el Registro de la Propiedad donde han de inscribirse los derechos reales tales como hipotecas, usufructos , etc..Son dos Registros independientes. Salvo mejor criterio.
24/03/2009 11:23
Por lo que ha contado en principio, el piso ya tenia hipoteca cuando se realizó el supuesto usucfruto, asi que no le afecta al banco ni tampoco al posible adjudicatario, se cancelan las cargas posteriores a la hipoteca. Son las anteriores cargas las que si afectan al adjudicatario.
24/03/2009 11:16
Observando las notas de subastas en Los Juzgados,
(que no se molestan mucho), dicen que las posibles cargas será de cargo del adjudicatario. Los bancos, lo mismo que cualquiera, han de averiguar eso y sopesar el valor adquirido. Salvo mejor criterio.
24/03/2009 10:41
fmb, yo creo que tu error es que llamas usufructo a la adjudicación del uso de la vivienda que se hizo en la sentencia de separación, no?
24/03/2009 10:13
Si la vivienda estaba hipotecada por un banco, no pudieron inscribir ese usucfruto sin la conformidad del banco hipotecario y no creo que el banco accediera al registro de ese usucfruto ya que era una carga para la vivienda.

Tambien puede ser que el usucfruto si esta registrado sea despues de la hipoteca y entonces si lo subasta el banco, ese registro quede anulado con la adjudicación a un tercero.

Hay miles de viviendas en España que estan hipotecadas y que estan siendo usadas por los hijos de los propietarios segun la sentencia de separación o divorcio, pero eso no da derecho a que si no se paga la hipoteca y son subastadas las viviendas, puedan quedarse a vivir alli aunque éstas sean subastadas.

En ese caso, la mayoria no pagarian la hipoteca y punto, los niños seguirian viviendo alli hasta su mayoria de edad no? No es logico ... el banco hipoteca sin usucfruto y quien acude a la subasta no se hace cargo de las posteriores anotaciones registrales de embargos ...etc...

Salvo mejor opinión...
24/03/2009 09:44
Hasta lo que yo sé, la otra parte solicitó que se inscribiera en el registro, por lo que es muy probable que a día de hoy ya figure. Lo de que fuera mediante escritura no lo tengo claro.
24/03/2009 09:25
Para constituir el usufructo debió valorarse, pagar el correspondiente impuesto, e inscribirlo en el Registro de la Propiedad, mediante escritura.
En otro caso es un simple uso y disfrute consecuencia de la separación o divorcio. Los Juzgados cuando subastan no suelen entrar en estas cuestiones, que han de ser indagadas por los concurrentes a las subastas. Salvo mejor criterio
24/03/2009 08:43
Tom, en el momento de otorgarse el usufructo, que imagino que corresponde al momento del juicio de divorcio no, no se personó el banco. Os agradezco a todos las opiniones aunque la verdad es que sigo sin verlo claro. No sé entonces si hay efectivamente usufructo o no lo hay. Si lo hubiera deduzco que sería imposible echarlos. Si no lo hubiera sería posible pero tendría que hacerlo el adjudicatario e imagino que será largo y costoso conseguirlo. Mi planteamiento inicial era ayudar a un familiar porque tengo entendido que si acudiera alguien a la subasta con fines especulativos y diera menos de lo que se debe o ella (su ex-mujer) ejerciera el derecho de tanteo y retracto por una cantidad menor, él tendría que seguir respondiendo por el resto de la deuda. Pero si por ayudarle acabo complicándome yo ya arriesgando mis ahorros pues creo que no acudiría a la subasta.
24/03/2009 00:04
Hasta ahora, no me he percatado de la celebración de un juicio con sentencia incluída, si bien, de unos razonamientos sustentando la hipótesis de un previsible embargo y el cuestionamiento de los derechos de un supuesto usufructuario.

Saludos,
Tom
24/03/2009 00:04
Yo creo que no tiene un usucfruto, lo que debe tener es, al separarse el matrimonio, el uso y disfrute de la vivienda conyugal y esta recogida en la sentencia de separación o divorcio. Pero ese uso y disfrute es porque el padre es el propietario de la vivienda, en el momento que esa vivienda sea adjudicada en sentencia a otra persona, madre e hijo pasaran a estar en precario y el nuevo propietario podra desahuciarlos.
23/03/2009 23:51
hombre, si se ha subastado la vivienda es porque lógicamente ha habido un jucio
23/03/2009 23:09
Siempre, x-aaa, que se hubiera ejercitado un juicio sumarial hipotecario y el resultado fuera una Sentencia satisfactoria para el Banco.

Saludos,
Tom
23/03/2009 22:58
Una vez subastada la vivienda, el adquirente tendrá que echarlos.
23/03/2009 22:26
Dos preguntas: En el momento de otorgarse el derecho de usufructo, compareció el banco? Siendo así, formuló alguna objeción? Gracias por contestar.

Saludos,
Tom
23/03/2009 22:08
Por sentencia judicial de divorcio la casa es para el niño y quien tenga su custodia hasta que se emancipe. Viven madre y niño ahí por ello y hasta lo que sé no pueden echarles. Mi duda es si el banco, una vez embargada la vivienda, tiene derecho a hacerlo y si es así, si sería antes de subarstarlo o si la subastarían y el que la adquiriera tendría que ocuparse de desahuciarlos SI ES QUE PUEDE HACERLO, porque eso es lo que no tengo nada claro.
23/03/2009 22:02
Me da a mi que no hay un usufructo sino que simplemente la madre y el niño viven en la casa, no?
23/03/2009 21:49
Después. La vivienda es bien privativo de él desde que era soltero. La hipoteca también. Después se casó en régimen de separación de bienes y nació el hijo. La vivienda y la hipoteca seguían y siguen siendo suyas.