se ha embargado en juicio ejecutivo, una cuota de un proindiviso por un importe superior no sólo al valor de la cuota sino superior al valor del bien, es decir los copropietarios pagarían la deuda. Pasos a seguir en el jusgado. Gracias
Los copropietarios no pagan absolutamente nada. Lo peor que puede ocurrir es que esa porción salga a subasta por una cantidad ridículamente alta, y que nadie licite por ese precio; incluso el acreedor se puede quedar con esa cuota en pago del crédito. Los copropietarios no tienen que dar ningún paso en el juzgado porque este asunto no va con ellos, pero el ejecutado puede ofrecer otros bienes para que retiren el embargo sobre esa cuota indivisa.
Han pasado cuatro años desde la anotación, creo que está caducada porque es del año 2016,,y no está prorrogada,? Se puede vender el inmueble entero (con la cuota embargada).¿ Que haría el banco embargante¿
Todo propietario siempre puede vender su inmueble. De hecho, nadie excepto los propietarios pueden hacerlo (por ahora). Si la anotación no ha sido prorrogada, en la nueva inscripción de la compraventa habrá desaparecido. El banco ejecutante no ha sido muy diligente defendiendo su interés.