resulta que me han embargado la cuenta por 734 euros y pico, llamo por telefono y me dicen que no puedo hacer nada, pero el problema esta en que tengo ese dinero para pasar el mes y 2 niños que alimentar. Que puedo hacer?. me pueden leventar el embargo?.
Efectivamente Redbaron, pero siempre teniendo en cuenta el art. 171.3 de la LGT:
Cuando en la cuenta afectada por el embargo se efectúe habitualmente el abono de sueldos, salarios o pensiones, deberán respetarse las limitaciones establecidas en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, mediante su aplicación sobre el importe que deba considerarse sueldo, salario o pensión del deudor. A estos efectos se considerará sueldo, salario o pensión el importe ingresado en dicha cuenta por ese concepto en el mes en que se practique el embargo o, en su defecto, en el mes anterior.
Hola grácias por contestar, lo cierto és que este mes he empezado a trabajar, y ese dinero pertenece a la prestación de desempleo, y se vé perfectamente reflejado en la cartilla.
Hola me han embargado la cuenta, y me han embargado 264.95 euros que es lo que me quedava para pasar el mes, y quiero saver si hacienda me podria levantar el embargo, yo me comprometeria cada mes en abonarles la cantidad que vieran oportuna.