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Embargo de hacienda

4 Comentarios
 
Embargo de hacienda
01/12/2010 19:58
Hola,pero yo,quiero saber si,me pueden trasladar el embargo a mi que soy la administradora unica,la s.L no tiene bienes
02/12/2010 09:35
alguien me puede responder al la segunda pregunta?
02/12/2010 09:53
Todo depende de su actuación como administradora. Si ha causado un daño a los acreedores con sus actos sí que podrán dirigir su acción contra Vd. y reclamarle daños y perjuicios.

Para ello deberán probar que Vd. ha cometido:

- Una acción u omisión ilícita (contraria a la ley, los estatutos o realizada sin la debida diligencia).
- Que exista un daño.
- Que ese daño sea producido por culpa del administrador.
- Que exista una relación de causalidad entre el acto y el resultado dañoso.
- Que puedan probar lo mencionado anteriormente.

En resumen, si pueden demostrar que sus actos les han causado un perjuicio económico y que esos actos eran ilícitos, sí podrán embargarle como responsable solidario.

Sin embargo, si su actuación ha sido correcta, de buena fe y con la debida diligencia, no podrán dirigirse contra Vd.

Un saludo,
02/12/2010 11:26
para taxland,muchas gracias por responderme,yo no actuo de mala fe, tuve que cerrar la empresa, y pague hasta que pude, no debo nada ha hacienda respecto a impuestos,ni s.s.,ni a los trabajadores,solo que tengo varias multas de transportes que estaban recurridas,y ahoran estan entrando en hacienda porque no las puedo,pagar la sociedad esta inactiva desde 2009,por eso como lo unico que debe la empresa son multas,digo que sera muy dificil que me las trasladen a mi no?un saludo,y gracias.
02/12/2010 11:49
Deberías disolver y liquidar esa sociedad pues, aunque esté inactiva, figuras como administradora.

Supongo que será difícil que se dirijan contra ti aunque no imposible. La posibilidad existe.

Suerte y un saludo,
Embargo de hacienda | PorticoLegal
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Embargo de hacienda
01/12/2010 19:58
Hola,pero yo,quiero saber si,me pueden trasladar el embargo a mi que soy la administradora unica,la s.L no tiene bienes
02/12/2010 09:35
alguien me puede responder al la segunda pregunta?
02/12/2010 09:53
Todo depende de su actuación como administradora. Si ha causado un daño a los acreedores con sus actos sí que podrán dirigir su acción contra Vd. y reclamarle daños y perjuicios.

Para ello deberán probar que Vd. ha cometido:

- Una acción u omisión ilícita (contraria a la ley, los estatutos o realizada sin la debida diligencia).
- Que exista un daño.
- Que ese daño sea producido por culpa del administrador.
- Que exista una relación de causalidad entre el acto y el resultado dañoso.
- Que puedan probar lo mencionado anteriormente.

En resumen, si pueden demostrar que sus actos les han causado un perjuicio económico y que esos actos eran ilícitos, sí podrán embargarle como responsable solidario.

Sin embargo, si su actuación ha sido correcta, de buena fe y con la debida diligencia, no podrán dirigirse contra Vd.

Un saludo,
02/12/2010 11:26
para taxland,muchas gracias por responderme,yo no actuo de mala fe, tuve que cerrar la empresa, y pague hasta que pude, no debo nada ha hacienda respecto a impuestos,ni s.s.,ni a los trabajadores,solo que tengo varias multas de transportes que estaban recurridas,y ahoran estan entrando en hacienda porque no las puedo,pagar la sociedad esta inactiva desde 2009,por eso como lo unico que debe la empresa son multas,digo que sera muy dificil que me las trasladen a mi no?un saludo,y gracias.
02/12/2010 11:49
Deberías disolver y liquidar esa sociedad pues, aunque esté inactiva, figuras como administradora.

Supongo que será difícil que se dirijan contra ti aunque no imposible. La posibilidad existe.

Suerte y un saludo,