Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Embargo de inmueble

4 Comentarios
 
Embargo de inmueble
03/05/2020 07:29
En 2010 compré una vivienda con el que era mi novio y había estado saliendo los últimos 6 años. En 2011 me separé de él y me fui a vivir a otra comunidad por motivos de trabajo, cabe mencionar que no estábamos casados. En 2012 por trabajo me fui a otro país desde 2014 traté de ponerme en contacto con él desde el extranjero para llegar a un acuerdo sobre el piso pero él nunca me respondía a los mensajes. En 2020 he venido por primera vez a España después de muchos años fuera, pedí una nota simple de mi piso y me encuentro una nota preventiva de embargo de mi parte del piso. No entiendo nada, nadie me notificó nada, no tengo ni una sola notificación de nada, él sabía que yo estaba en el extranjero. No se ni como lo ha hecho ni que es lo que me demanda y al estar fuera no he podido ni ir a mirar la demanda. Y lo peor es que lo del embargo caduca el 10 de junio de 2020. Quiero preguntarles si puedo pedir una suspensión de plazos? Si puedo solicitar la prórroga de la nota preventiva de embargo antes de que caduque? Si se puede pedir la nulidad de todo ya que nadie me notificó nada y el sabía que yo estaba en el extranjero? Como puedo conseguir la copia de lo que me demanda? Que puedo hacer??? El importe es elevadísimo no se ni que se adeuda y solo tengo de plazo hasta el 10 de junio y estoy fuera. Ruego que por favor me asesoren que es lo que puedo hacer al respecto. Todas mis cosas personales, mi ropa, mis fotografías... etc están dentro de esa casa y él ha cambiado la cerradura de la puerta para que yo no pueda entrar. Y encima con la situación del covid se me va a pasar el plazo antes de poder hacer algo. De antemano muchas gracias por su respuesta
03/05/2020 09:08
Consultaleg
La prórroga de embargo la tendrá que pedir el demandante, porque es el único interesado en que eso siga embargado. A usted le beneficia que quiten ese embargo, porque podrá disponer sin cargas de su parte de la casa a partir del 10 de Junio, pudiendo venderla libre de cargas si quiere. En cuanto al procedimiento que ha dado lugar a la ejecución (y por tanto al embargo) hay muchas cosas que se pueden hacer, pues su expareja se sirvió de un fraude procesal para embargarla a usted, y, según los plazos, puede acceder a un nuevo procedimiento, lo que se llama "audiencia al demandado rebelde" o, sencillamente, querellarse contra él por estafa procesal. Se trata de ejemplos, claro está, pero necesita auxilio letrado de inmediato. Podrá personarse en el procedimiento declarativo y en el ejecutivo, y será oída. Que eso vaya a caducar el 10 de Junio de 2020 pone de manifiesto que el embargo se trabó el año 2016, y precisamente en esa anotación le vienen todos los datos que necesita saber sobre el Juzgado que libró la orden. Hay algo más: su expareja no mandó la mitad de la vivienda a subasta por alguna razón, pudiendo haberlo hecho, por lo que se le enfatiza lo de la ayuda de un letrado.
03/05/2020 12:15
Grisolía
Muchísimas gracias por su respuesta. Lo que no entiendo es que la vivienda no esta hipotecada. Yo pagué un 25% y el 75% al contado pero en el notario pusimos la casa a partes iguales, al 50 %, puede ser que me reclame el que pagó más??
Y la segunda pregunta si yo estoy viviendo en otra comunidad autónoma puedo contratar un abogado de aquí o debe ser de allí?
Puedo solicitar una suspensión de plazos desde otra comunidad autónoma donde vivo?
Al no tener ninguna hipoteca porque el piso se pagó al contado, lo que pone en la nota simple es lo siguiente: Anotación preventiva de embargo sobre una mitad indivisa de la yo soy la titular a favor de él. Dice que se hace constar que la vigencia de la anotación es por cuatro años a partir del día 10 de junio de 2016, esto que quiere decir que a partir del 10 de junio de 2020 mi parte pasa a ser de él???
Y a parte en la nota simple menciona una afección de cinco años al pago del impuesto de transmisiones patrimoniales con fecha del 02/03/2017 esto que significa?
Y lo más importante si ha cambiado la cerradura de la casa con todas mis cosas dentro aunque no esté habitada yo no puedo entrar??
Nuevamente muchísimas gracias por su respuesta, se lo agradezco de corazón.
03/05/2020 18:44
Consultaleg
Puede usted contratar a cualquier letrado colegiado en España, sea cual sea la comunidad autónoma. Pero los autos, es decir, el procedimiento, seguirá estando donde está ahora. Los abogados tenemos una tarjeta de acceso al sistema y lo hacemos todo online, últimamente hasta las vistas. Lo que usted pregunta sobre las razones legales de la demanda de su expareja (si puso él más o menos dinero) es algo que solo se le puede contestar viendo la carpeta, pues lo demás tiene el valor de meras especulaciones. Podría ser lo que usted sospecha, y que la demanda esté basada en que usted ha resultado ser deudora por la diferencia de porcentajes, pero es estéril imaginarse cosas sin verlas. Su abogado y su procurador se personarán en el procedimiento, y sacarán copia de todo. Su 50% solo podría ser de otra persona tras una subasta, cosa que no ha ocurrido, aunque hay que ver la nota registral, puesto que si al margen pone "expedida la certificación" significa que la subasta está de camino. No se asuste: tantos años sin subastar es poco probable que ahora justamente vaya a ocurrir. La anotación de que es válido por cuatro años significa exactamente eso: si su expareja no la renueva el 10 de Junio, tendrá usted la enorme suerte de encontrarse su parte sin embargo ninguno, puesto que el mismo no ha sido renovado. Por último, lo relativo al impuesto de transmisiones patrimoniales es un acto de terrorismo registral absurdo, perpetrado por las comunidades autónomas desde que les transfirieron el impuesto. Ni caso. En cuanto a sus cosas, primero arregle las cuestiones de propiedad y después ya se verá. En definitiva, dejar los bienes personales durante más de una década en otra casa no es algo que ponga de manifiesto precisamente que a usted le importasen demasiado esas cosas, y además ha prescrito su derecho a reclamarlas. Pero tampoco se asuste; póngase en marcha y ya resolverá sus asuntos. Esto no es nada.
04/05/2020 13:14
Consultaleg
Estimada amiga
Tu preocupación es lógica y considero que deriva de no conocer la forma en que se han venido produciendo los acontecimientos en los últimos años por parte de tu ex, que considero no se ha portado de manera correcta.
Mi consejo es que te persones, a través de abogado y procurador en el procedimiento del que deriva la anotación de embargo.
Este es el único camino que tienes para poner solución a este problema y averiguar, con copia de demanda incluida, qué pretende tu ex.
Se trata de una gestión que no tiene que ser necesariamente muy costosa y que puede realizarse con rapidez de manera que puedas saber a qué te enfrentas
Si lo deseas, puedes contactar conmigo a través de mi perfil en el foro.
Un saludo
Embargo de inmueble | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Embargo de inmueble

4 Comentarios
 
Embargo de inmueble
03/05/2020 07:29
En 2010 compré una vivienda con el que era mi novio y había estado saliendo los últimos 6 años. En 2011 me separé de él y me fui a vivir a otra comunidad por motivos de trabajo, cabe mencionar que no estábamos casados. En 2012 por trabajo me fui a otro país desde 2014 traté de ponerme en contacto con él desde el extranjero para llegar a un acuerdo sobre el piso pero él nunca me respondía a los mensajes. En 2020 he venido por primera vez a España después de muchos años fuera, pedí una nota simple de mi piso y me encuentro una nota preventiva de embargo de mi parte del piso. No entiendo nada, nadie me notificó nada, no tengo ni una sola notificación de nada, él sabía que yo estaba en el extranjero. No se ni como lo ha hecho ni que es lo que me demanda y al estar fuera no he podido ni ir a mirar la demanda. Y lo peor es que lo del embargo caduca el 10 de junio de 2020. Quiero preguntarles si puedo pedir una suspensión de plazos? Si puedo solicitar la prórroga de la nota preventiva de embargo antes de que caduque? Si se puede pedir la nulidad de todo ya que nadie me notificó nada y el sabía que yo estaba en el extranjero? Como puedo conseguir la copia de lo que me demanda? Que puedo hacer??? El importe es elevadísimo no se ni que se adeuda y solo tengo de plazo hasta el 10 de junio y estoy fuera. Ruego que por favor me asesoren que es lo que puedo hacer al respecto. Todas mis cosas personales, mi ropa, mis fotografías... etc están dentro de esa casa y él ha cambiado la cerradura de la puerta para que yo no pueda entrar. Y encima con la situación del covid se me va a pasar el plazo antes de poder hacer algo. De antemano muchas gracias por su respuesta
03/05/2020 09:08
Consultaleg
La prórroga de embargo la tendrá que pedir el demandante, porque es el único interesado en que eso siga embargado. A usted le beneficia que quiten ese embargo, porque podrá disponer sin cargas de su parte de la casa a partir del 10 de Junio, pudiendo venderla libre de cargas si quiere. En cuanto al procedimiento que ha dado lugar a la ejecución (y por tanto al embargo) hay muchas cosas que se pueden hacer, pues su expareja se sirvió de un fraude procesal para embargarla a usted, y, según los plazos, puede acceder a un nuevo procedimiento, lo que se llama "audiencia al demandado rebelde" o, sencillamente, querellarse contra él por estafa procesal. Se trata de ejemplos, claro está, pero necesita auxilio letrado de inmediato. Podrá personarse en el procedimiento declarativo y en el ejecutivo, y será oída. Que eso vaya a caducar el 10 de Junio de 2020 pone de manifiesto que el embargo se trabó el año 2016, y precisamente en esa anotación le vienen todos los datos que necesita saber sobre el Juzgado que libró la orden. Hay algo más: su expareja no mandó la mitad de la vivienda a subasta por alguna razón, pudiendo haberlo hecho, por lo que se le enfatiza lo de la ayuda de un letrado.
03/05/2020 12:15
Grisolía
Muchísimas gracias por su respuesta. Lo que no entiendo es que la vivienda no esta hipotecada. Yo pagué un 25% y el 75% al contado pero en el notario pusimos la casa a partes iguales, al 50 %, puede ser que me reclame el que pagó más??
Y la segunda pregunta si yo estoy viviendo en otra comunidad autónoma puedo contratar un abogado de aquí o debe ser de allí?
Puedo solicitar una suspensión de plazos desde otra comunidad autónoma donde vivo?
Al no tener ninguna hipoteca porque el piso se pagó al contado, lo que pone en la nota simple es lo siguiente: Anotación preventiva de embargo sobre una mitad indivisa de la yo soy la titular a favor de él. Dice que se hace constar que la vigencia de la anotación es por cuatro años a partir del día 10 de junio de 2016, esto que quiere decir que a partir del 10 de junio de 2020 mi parte pasa a ser de él???
Y a parte en la nota simple menciona una afección de cinco años al pago del impuesto de transmisiones patrimoniales con fecha del 02/03/2017 esto que significa?
Y lo más importante si ha cambiado la cerradura de la casa con todas mis cosas dentro aunque no esté habitada yo no puedo entrar??
Nuevamente muchísimas gracias por su respuesta, se lo agradezco de corazón.
03/05/2020 18:44
Consultaleg
Puede usted contratar a cualquier letrado colegiado en España, sea cual sea la comunidad autónoma. Pero los autos, es decir, el procedimiento, seguirá estando donde está ahora. Los abogados tenemos una tarjeta de acceso al sistema y lo hacemos todo online, últimamente hasta las vistas. Lo que usted pregunta sobre las razones legales de la demanda de su expareja (si puso él más o menos dinero) es algo que solo se le puede contestar viendo la carpeta, pues lo demás tiene el valor de meras especulaciones. Podría ser lo que usted sospecha, y que la demanda esté basada en que usted ha resultado ser deudora por la diferencia de porcentajes, pero es estéril imaginarse cosas sin verlas. Su abogado y su procurador se personarán en el procedimiento, y sacarán copia de todo. Su 50% solo podría ser de otra persona tras una subasta, cosa que no ha ocurrido, aunque hay que ver la nota registral, puesto que si al margen pone "expedida la certificación" significa que la subasta está de camino. No se asuste: tantos años sin subastar es poco probable que ahora justamente vaya a ocurrir. La anotación de que es válido por cuatro años significa exactamente eso: si su expareja no la renueva el 10 de Junio, tendrá usted la enorme suerte de encontrarse su parte sin embargo ninguno, puesto que el mismo no ha sido renovado. Por último, lo relativo al impuesto de transmisiones patrimoniales es un acto de terrorismo registral absurdo, perpetrado por las comunidades autónomas desde que les transfirieron el impuesto. Ni caso. En cuanto a sus cosas, primero arregle las cuestiones de propiedad y después ya se verá. En definitiva, dejar los bienes personales durante más de una década en otra casa no es algo que ponga de manifiesto precisamente que a usted le importasen demasiado esas cosas, y además ha prescrito su derecho a reclamarlas. Pero tampoco se asuste; póngase en marcha y ya resolverá sus asuntos. Esto no es nada.
04/05/2020 13:14
Consultaleg
Estimada amiga
Tu preocupación es lógica y considero que deriva de no conocer la forma en que se han venido produciendo los acontecimientos en los últimos años por parte de tu ex, que considero no se ha portado de manera correcta.
Mi consejo es que te persones, a través de abogado y procurador en el procedimiento del que deriva la anotación de embargo.
Este es el único camino que tienes para poner solución a este problema y averiguar, con copia de demanda incluida, qué pretende tu ex.
Se trata de una gestión que no tiene que ser necesariamente muy costosa y que puede realizarse con rapidez de manera que puedas saber a qué te enfrentas
Si lo deseas, puedes contactar conmigo a través de mi perfil en el foro.
Un saludo