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Embargo de piso

2 Comentarios
 
Embargo de piso
18/04/2009 16:46
Hola a tod@s:
Soy la presidenta de una comunidad de propietarios, de la cual hay un vecino (el cual no no paga desde que adquirio la vivienda ninguna cantidad) al que el Juzgado ha embargado el piso por no conocer propiedad ni sueldo alguno.
Me gustaría saber, una vez que le embargan el piso, en que consite el proceso. Si es el propio Juzgado el que se encarga de la anotación preventiva de embargo en el Registro de la Propiedad o es la comunidad quien lo tiene que solicitar.
La vivienda embargada, además ede star grabada por una hipoteca tiene a su vez varias cargas más. Si alguien fuera tan amable de darme alguna información acerca del proceso de embargo, se lo agradecería. En que orden se cobra, si se subasta el bien aunque la hipoteca la siga pagando, etc.
Al no superar la deuda los 900€, pues no tenemos abogado.
Muchas gracias.
18/04/2009 20:27
Tendran que ser ustedes, la comunidad, quienes se encarguen de solicitar al juzgado la anotación preventiva de ese embargo. El juez dictará un auto y una vez firme se lo entregara para que lo lleven al registro de la propiedad. Todos los gastos que origine el registro etc etc serán por su cuenta, aunque posteriormente puedan reclamarlo al deudor.

Si sale a subasta el piso, la persona que se lo adjudicara tendria que asumir las cargas que el mismo tuviere con anterioridad al embargo que han efectuado ustedes.

Salvo mejor opinion
19/04/2009 02:05
De todas formas, aunque no sea obligatorio estar representado por abogado, la verdad es que deberíais contratar uno para que os asesorase y llevase el procedimiento.
Embargo de piso | PorticoLegal
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Embargo de piso
18/04/2009 16:46
Hola a tod@s:
Soy la presidenta de una comunidad de propietarios, de la cual hay un vecino (el cual no no paga desde que adquirio la vivienda ninguna cantidad) al que el Juzgado ha embargado el piso por no conocer propiedad ni sueldo alguno.
Me gustaría saber, una vez que le embargan el piso, en que consite el proceso. Si es el propio Juzgado el que se encarga de la anotación preventiva de embargo en el Registro de la Propiedad o es la comunidad quien lo tiene que solicitar.
La vivienda embargada, además ede star grabada por una hipoteca tiene a su vez varias cargas más. Si alguien fuera tan amable de darme alguna información acerca del proceso de embargo, se lo agradecería. En que orden se cobra, si se subasta el bien aunque la hipoteca la siga pagando, etc.
Al no superar la deuda los 900€, pues no tenemos abogado.
Muchas gracias.
18/04/2009 20:27
Tendran que ser ustedes, la comunidad, quienes se encarguen de solicitar al juzgado la anotación preventiva de ese embargo. El juez dictará un auto y una vez firme se lo entregara para que lo lleven al registro de la propiedad. Todos los gastos que origine el registro etc etc serán por su cuenta, aunque posteriormente puedan reclamarlo al deudor.

Si sale a subasta el piso, la persona que se lo adjudicara tendria que asumir las cargas que el mismo tuviere con anterioridad al embargo que han efectuado ustedes.

Salvo mejor opinion
19/04/2009 02:05
De todas formas, aunque no sea obligatorio estar representado por abogado, la verdad es que deberíais contratar uno para que os asesorase y llevase el procedimiento.