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13/04/2016 20:55
La Sra. Tesorera de mi ayuntamiento me ha sorprendido hace unos días con una Providencia de Apremio en la que si no efectúo el pago de los débitos requeridos declara embargado mi coche requiriéndome que si en el plazo de cinco días no pongo el vehículo a disposición de la Oficina de Recaudación con su correspondiente documentación y llaves, se trasladará a las autoridades que tengan a su cargo la vigilancia de la circulación, la orden de captura, depósito y precinto del bien citado.

Como soy consciente de que este dictado se ejecutaría sin lugar a dudas, me he visto obligado a aceptar la sugerencia de la Sra. Tesorera de solicitar un fraccionamiento de pago y así evitar el inminente incauto.

Abrumado por el hecho, no reparé en los recursos que tengo a mi disposición invocando los artículos 224 LGT y 14.2 RD 2/2204 TRLRHL y mi derecho a reposición esto es, plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación ante el órgano que dictó el auto.

El motivo de la reposición sería la vulneración sistemática de mis derechos constitucionales que vengo denunciando en numerosísimas instancias al alcalde desde hace trece años, sí 13, en que el ayuntamiento decidió por su propia cuenta y riesgo anular el Plan de Ordenación Municipal vigente y sustituirlo por otra cosa y así recaudar IBI a destajo, al alza por supuesto.

Hay un procedimiento de investigación penal abierto debido a mi denuncia en fiscalía hace tiempo en la que se ha encontrado indicios de flagrante delito, es decir un caso más con los que nos levantamos cada día y nos quedamos todos con cara de poker.

Me pregunto si mi Recurso de Reposición en la que solicitaría la anulación de dicha Providencia explicando los motivos descritos, entre otros, podría ser rechazada legalmente al haber solicitado ya el Pago Fraccionado.

Agradecimientos anticipados.


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Como soy consciente de que este dictado se ejecutaría sin lugar a dudas, me he visto obligado a aceptar la sugerencia de la Sra. Tesorera de solicitar un fraccionamiento de pago y así evitar el inminente incauto.

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El motivo de la reposición sería la vulneración sistemática de mis derechos constitucionales que vengo denunciando en numerosísimas instancias al alcalde desde hace trece años, sí 13, en que el ayuntamiento decidió por su propia cuenta y riesgo anular el Plan de Ordenación Municipal vigente y sustituirlo por otra cosa y así recaudar IBI a destajo, al alza por supuesto.

Hay un procedimiento de investigación penal abierto debido a mi denuncia en fiscalía hace tiempo en la que se ha encontrado indicios de flagrante delito, es decir un caso más con los que nos levantamos cada día y nos quedamos todos con cara de poker.

Me pregunto si mi Recurso de Reposición en la que solicitaría la anulación de dicha Providencia explicando los motivos descritos, entre otros, podría ser rechazada legalmente al haber solicitado ya el Pago Fraccionado.

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