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embargo nomina

2 Comentarios
 
18/05/2012 13:13
Otra cosa, si tu mujer y tu estáis casados en régimen de gananciales, los salarios, sueldos y pensiones, retribuciones o equeivalentes serán acumulables. por tanto tendrás que sumar tu salario al de tu mujer. en caso de ser así, se te embargaría, según la escala un 50 %.
18/05/2012 13:07
Hola, el salario que no supere el salario mínimo interprofesional no puede ser embargado.
Según el Art. 607 del C.c. los salarios, sueldos, jornales retribuciones o pensiones que sean superiores al salario mínimo interprofesional se embargarán conforme a esta escala:
1.- para la primera cuantía adicional hasta la que suponga el importe dle doble del salario mínimo interprofesional, el 30 por 100.
es decir, que a ti te embargarán un 30 %.
Embargo nomina
16/05/2012 15:48
pueden embargar una nomina de 1097 euros. y una de 825 euros. y que cantidad embargarian. la vivienda esta pasada y las cuentas no tienen dinero. lo proximo serian las nominas. por favor ayundenme es urgente
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18/05/2012 13:13
Otra cosa, si tu mujer y tu estáis casados en régimen de gananciales, los salarios, sueldos y pensiones, retribuciones o equeivalentes serán acumulables. por tanto tendrás que sumar tu salario al de tu mujer. en caso de ser así, se te embargaría, según la escala un 50 %.
18/05/2012 13:07
Hola, el salario que no supere el salario mínimo interprofesional no puede ser embargado.
Según el Art. 607 del C.c. los salarios, sueldos, jornales retribuciones o pensiones que sean superiores al salario mínimo interprofesional se embargarán conforme a esta escala:
1.- para la primera cuantía adicional hasta la que suponga el importe dle doble del salario mínimo interprofesional, el 30 por 100.
es decir, que a ti te embargarán un 30 %.
Embargo nomina
16/05/2012 15:48
pueden embargar una nomina de 1097 euros. y una de 825 euros. y que cantidad embargarian. la vivienda esta pasada y las cuentas no tienen dinero. lo proximo serian las nominas. por favor ayundenme es urgente