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embargo para un trabajador

7 Comentarios
 
13/12/2010 16:42
Pues sí, mejor que lo pongan negro sobre blanco, no vaya a ser que luego se desdigan y os busquen responsabilidades. Y mejor en porcentaje, por si le cambia la retención.

Por cierto, no han sido demasiado severos teniendo en cuenta que sería embargable hasta el SMI.
13/12/2010 16:20
El líquido eran 1250 y me ha dicho que 350. Pero vamos, que se lo he dicho de cabeza ya que es un trabajador con un IRPF muy bajo debido a que entró en Septiembre y me parece que me han dado una cifra a boleo.
SALUDOS.
13/12/2010 16:16
Por curiosidad, ¿cuál era el líquido del trabajador y cuánto te han dicho que debes embargarle?
13/12/2010 16:10
He hablado con el juzgado y finalmente me han puesto ellos la cantidad a descontar, eso si, todo verbalmente, así que mandaré un fax comunicandoslelo.
SALUDOS.
13/12/2010 14:43
Pues no parece que seais vosotros quienes debais fijar la cantidad que puede ser embargada. No se si en estos casos se puede hacer un escrito al juzgado solicitando mayor precisión, haciendo referencia al artículo 608 e indicándoles cual es el líquido del trabajador, o si se debe entender que se debe embargar la totalidad, pero esto parece excesivo aún considerando que efectivamente deba una pensión alimenticia.
13/12/2010 12:00
Lo siento que he puesto mi nick en el tema.
El problema es que el juzgado me manda el total del embargo, sin esepcificarme cantidades, y son casi 6.000 euros del principal mas casi 2000 de intereses y costas, para estos últimos si que rige el art. 607, pero para el principal no.
Y claro, sería dejar a este hombre cinco meses sin ningún sueldo. No se si teniendo familia también acutalmente, se podría hacer otra cosa.
SALUDOS.
13/12/2010 11:22
Teóricamente, según el art.608 debe ser el juzgado quien fije la cantidad a embargar.

"Lo dispuesto en el artículo anterior no será de aplicación cuando se proceda por ejecución de sentencia que condene al pago de alimentos, en todos los casos en que la obligación de satisfacerlos nazca directamente de la Ley, incluyendo los pronunciamientos de las sentencias dictadas en procesos de nulidad, separación o divorcio sobre alimentos debidos al cónyuge o a los hijos. En estos casos, así como en los de las medidas cautelares correspondientes, el tribunal fijará la cantidad que puede ser embargada."

Embargo para un trabajador
13/12/2010 10:53
A ver, iletrados, me ha venido un embargo para un trabajador, pero al contrario que en otros, y al ser un asunto de familia, me dice:
"Haciendoles saber que respecto al principal no rigen los limites de inembargabilidad expresados en el articulo 607 de la LEC"
¿Quiere esto decir que le debo retener al trabajador todo el sueldo?, la verdad es que me extraña ya que se quedaría sin ingresos, tanto el como su familia.
SALUDOS.
embargo para un trabajador | PorticoLegal
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13/12/2010 16:42
Pues sí, mejor que lo pongan negro sobre blanco, no vaya a ser que luego se desdigan y os busquen responsabilidades. Y mejor en porcentaje, por si le cambia la retención.

Por cierto, no han sido demasiado severos teniendo en cuenta que sería embargable hasta el SMI.
13/12/2010 16:20
El líquido eran 1250 y me ha dicho que 350. Pero vamos, que se lo he dicho de cabeza ya que es un trabajador con un IRPF muy bajo debido a que entró en Septiembre y me parece que me han dado una cifra a boleo.
SALUDOS.
13/12/2010 16:16
Por curiosidad, ¿cuál era el líquido del trabajador y cuánto te han dicho que debes embargarle?
13/12/2010 16:10
He hablado con el juzgado y finalmente me han puesto ellos la cantidad a descontar, eso si, todo verbalmente, así que mandaré un fax comunicandoslelo.
SALUDOS.
13/12/2010 14:43
Pues no parece que seais vosotros quienes debais fijar la cantidad que puede ser embargada. No se si en estos casos se puede hacer un escrito al juzgado solicitando mayor precisión, haciendo referencia al artículo 608 e indicándoles cual es el líquido del trabajador, o si se debe entender que se debe embargar la totalidad, pero esto parece excesivo aún considerando que efectivamente deba una pensión alimenticia.
13/12/2010 12:00
Lo siento que he puesto mi nick en el tema.
El problema es que el juzgado me manda el total del embargo, sin esepcificarme cantidades, y son casi 6.000 euros del principal mas casi 2000 de intereses y costas, para estos últimos si que rige el art. 607, pero para el principal no.
Y claro, sería dejar a este hombre cinco meses sin ningún sueldo. No se si teniendo familia también acutalmente, se podría hacer otra cosa.
SALUDOS.
13/12/2010 11:22
Teóricamente, según el art.608 debe ser el juzgado quien fije la cantidad a embargar.

"Lo dispuesto en el artículo anterior no será de aplicación cuando se proceda por ejecución de sentencia que condene al pago de alimentos, en todos los casos en que la obligación de satisfacerlos nazca directamente de la Ley, incluyendo los pronunciamientos de las sentencias dictadas en procesos de nulidad, separación o divorcio sobre alimentos debidos al cónyuge o a los hijos. En estos casos, así como en los de las medidas cautelares correspondientes, el tribunal fijará la cantidad que puede ser embargada."

Embargo para un trabajador
13/12/2010 10:53
A ver, iletrados, me ha venido un embargo para un trabajador, pero al contrario que en otros, y al ser un asunto de familia, me dice:
"Haciendoles saber que respecto al principal no rigen los limites de inembargabilidad expresados en el articulo 607 de la LEC"
¿Quiere esto decir que le debo retener al trabajador todo el sueldo?, la verdad es que me extraña ya que se quedaría sin ingresos, tanto el como su familia.
SALUDOS.