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Embargo prestación por desempleo

4 Comentarios
 
15/04/2009 19:16
Gracias Nuria y Kalhuo. No salgo de mi asombro porque aparte de que por las causas de mi separación perdiera mi trabajo fijo y tuviera que abandonar mi propio domicilio y arrastrar conmigo todas las deudas familiares. La buena señora se quedó con la casa y todos los enseres que tantos años de fatiga me causaron, ya que ella ni golpe. La contestación del abogado de pacotilla que me pusieron a este embargo, es que no hay nada que hacer que: "por eso matan a las mujeres" esa fue su respuesta jurídica. Y me huelo que ni siquiera recurrió la sentencia(eso me había prometido),cuando por su culpa, ya que no me avisó hasta solamente unas horas antes del juicio, el proceso fue de circo(yo en el papel de payaso,claro). Gracias de nuevo, en Canarias teneis un amigo para lo que sea
14/04/2009 19:48
Nuria, ese "divinamente" me ha alegrado la tarde...;-)

Un saludo compañera
14/04/2009 19:26
Lo que debería plantearse con esos ingresos es extinguir la pensión de alimentos, tanto el código civil como la jurisprudencia son claros cuando dicen que el reconocimiento del derecho a la pensión no puede poner en peligro la subsistencia de quien debe prestar alimentos. Me parece una barbaridad (bastante habitual en juzgados de familia que se pasan la ley por el forro) que con esos ingresos le hayan reconocido a quien sea el derecho a alimentos. Respecto al embargo, kalhuo lo ha explicado divinamente.
Un saludo.
14/04/2009 19:13
La pensiones, salarios, prestaciones o similares no pueden ser embargados si no superan el salario mínimo interprofesional. La excepción son las deudas alimenticias, por las cuales se le podrá embargar siendo el tribunal quien fije la cantidad.

Un saludo y salvo mejor criterio...
Embargo prestación por desempleo
14/04/2009 12:56
Por ser mayor de 50. Estaba percibiendo 420 euros y en el último mes me empiezan a embargar(siendo mis únicos ingresos) 150. Debido a que no tengo propiedades ni otros medios de subsistencia. Es esto lícito. Cauando me separé me hice cargo de todos las deudas de la unidad familiar y cedí el domicilio a mi anterior pareja. Teniendo que abonar mensualmente 30 euros de alquiler. Creen que esto es lícito. En su día se me condenó al pago de 150 euros por alimentos , pero estaba en la misma situación que ahora. Hay alguna manera para luchar contra este abuso. Mi abogado de oficio se tomó el caso como de cachondeo y recibí una defensa sumamente ineficaz. Di alguien versado en el tema me puede asesorar se lo agradezco en el alma.
Embargo prestación por desempleo | PorticoLegal
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15/04/2009 19:16
Gracias Nuria y Kalhuo. No salgo de mi asombro porque aparte de que por las causas de mi separación perdiera mi trabajo fijo y tuviera que abandonar mi propio domicilio y arrastrar conmigo todas las deudas familiares. La buena señora se quedó con la casa y todos los enseres que tantos años de fatiga me causaron, ya que ella ni golpe. La contestación del abogado de pacotilla que me pusieron a este embargo, es que no hay nada que hacer que: "por eso matan a las mujeres" esa fue su respuesta jurídica. Y me huelo que ni siquiera recurrió la sentencia(eso me había prometido),cuando por su culpa, ya que no me avisó hasta solamente unas horas antes del juicio, el proceso fue de circo(yo en el papel de payaso,claro). Gracias de nuevo, en Canarias teneis un amigo para lo que sea
14/04/2009 19:48
Nuria, ese "divinamente" me ha alegrado la tarde...;-)

Un saludo compañera
14/04/2009 19:26
Lo que debería plantearse con esos ingresos es extinguir la pensión de alimentos, tanto el código civil como la jurisprudencia son claros cuando dicen que el reconocimiento del derecho a la pensión no puede poner en peligro la subsistencia de quien debe prestar alimentos. Me parece una barbaridad (bastante habitual en juzgados de familia que se pasan la ley por el forro) que con esos ingresos le hayan reconocido a quien sea el derecho a alimentos. Respecto al embargo, kalhuo lo ha explicado divinamente.
Un saludo.
14/04/2009 19:13
La pensiones, salarios, prestaciones o similares no pueden ser embargados si no superan el salario mínimo interprofesional. La excepción son las deudas alimenticias, por las cuales se le podrá embargar siendo el tribunal quien fije la cantidad.

Un saludo y salvo mejor criterio...
Embargo prestación por desempleo
14/04/2009 12:56
Por ser mayor de 50. Estaba percibiendo 420 euros y en el último mes me empiezan a embargar(siendo mis únicos ingresos) 150. Debido a que no tengo propiedades ni otros medios de subsistencia. Es esto lícito. Cauando me separé me hice cargo de todos las deudas de la unidad familiar y cedí el domicilio a mi anterior pareja. Teniendo que abonar mensualmente 30 euros de alquiler. Creen que esto es lícito. En su día se me condenó al pago de 150 euros por alimentos , pero estaba en la misma situación que ahora. Hay alguna manera para luchar contra este abuso. Mi abogado de oficio se tomó el caso como de cachondeo y recibí una defensa sumamente ineficaz. Di alguien versado en el tema me puede asesorar se lo agradezco en el alma.