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embargo.

3 Comentarios
 
Embargo.
10/10/2006 23:30
Les doy las buenas noches a todos y por anticipado miles de gracias.

El problema es el siguiente:
Mi mejor amiga de acaba de llamar, diciendome que acaba de recibir de juzgados, una orden, en la cual, le dan 10 dias para llevar toda la documentación de su piso ( escrituras ) a juzgados.para que pase a ser embargada su casa.

Todo empezó hace 4 años, avaló a su hermana para que está comprara un vehiculo de 4 millones de pesetas, y lo hizo con su piso...

La relacción con su hermana acabó hace años por motivos personales, y mi amiga nunca ha sabido si ese prestamo se iba pagando....

Jamas a recibido notificación alguna del banco donde ella tiene su hipoteca ( porque avaló su piso recien comprado, con la consigueinte hipoteca )

Lo unico que ha recibido, ha sido hace un par de horas la notificación de embargo por parte de juzgados.

Es normal qué el banco no le haya notificado nada en todos estos años ?

Qué es lo que puede hacer ella, para no perder el piso, su situación ecónomica es precaria, ya que solo ingresa dinero y no mucho su marido y tienen una hija adolescente.

Lamento haberme extendido tanto, pero deseaba contarles todo. mil gracias.
Y les ruego sus respuestas.
19/10/2006 13:17
Hola, en primer habría que saber si a esta persona se le ha notificado la iniciación del Procedimiento para la reclamación de la deuda que en su día avaló con su vivienda.-

Si no ha sido así y la unica notificacion que ha recibido del juzgado se refiere unica y exclusivamente al hecho que mencionas, entiendo que existe la posibilidad de plantear un incidente de nulidad de actuaciones y con ello retrotraer toda los actos judiciales hasta el momento en que a tu amiga se le debió notificar la iniciación de ese Procedimiento. No obstante, debes tener en cuenta que el plazo para plantear este incidente es el de 20 días, que en este caso empezarían a contar desde la última notificación que se le ha realizado que no es otra sino a la que haces referencia.-

Si consta la notificacion de iniciación del procedimiento, has de tener en cuenta también, que estamos en presencia de un bien ganancial con lo cual, no se podrá embargar en su totalidad sino únicamente una mitad indivisa a no ser que la demanda inicial se haya notificado al cónyuge o que este en un momento anterior halla firmado el documento por medio del cual se constituia el aval.-

No obstante todo lo anterior, hay que ver el contenido del documento que se firmó porque el avalista tiene a su favor el beneficio de división y excusión es decir, la posibilidad de designar bienes del principal obligado al pago que puedan ser susceptibles de embargo antes de que se proceda contra sus propios bienes (del avalista).-

Un saludo.-
19/10/2006 20:42
Muchisimas gracias Alberto por haberme contestado.
susanna.
20/10/2006 10:44
¿No seria conveniente, averiguar posibles propiedades y cuentas corrientes de la hermana?.
embargo. | PorticoLegal
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Embargo.
10/10/2006 23:30
Les doy las buenas noches a todos y por anticipado miles de gracias.

El problema es el siguiente:
Mi mejor amiga de acaba de llamar, diciendome que acaba de recibir de juzgados, una orden, en la cual, le dan 10 dias para llevar toda la documentación de su piso ( escrituras ) a juzgados.para que pase a ser embargada su casa.

Todo empezó hace 4 años, avaló a su hermana para que está comprara un vehiculo de 4 millones de pesetas, y lo hizo con su piso...

La relacción con su hermana acabó hace años por motivos personales, y mi amiga nunca ha sabido si ese prestamo se iba pagando....

Jamas a recibido notificación alguna del banco donde ella tiene su hipoteca ( porque avaló su piso recien comprado, con la consigueinte hipoteca )

Lo unico que ha recibido, ha sido hace un par de horas la notificación de embargo por parte de juzgados.

Es normal qué el banco no le haya notificado nada en todos estos años ?

Qué es lo que puede hacer ella, para no perder el piso, su situación ecónomica es precaria, ya que solo ingresa dinero y no mucho su marido y tienen una hija adolescente.

Lamento haberme extendido tanto, pero deseaba contarles todo. mil gracias.
Y les ruego sus respuestas.
19/10/2006 13:17
Hola, en primer habría que saber si a esta persona se le ha notificado la iniciación del Procedimiento para la reclamación de la deuda que en su día avaló con su vivienda.-

Si no ha sido así y la unica notificacion que ha recibido del juzgado se refiere unica y exclusivamente al hecho que mencionas, entiendo que existe la posibilidad de plantear un incidente de nulidad de actuaciones y con ello retrotraer toda los actos judiciales hasta el momento en que a tu amiga se le debió notificar la iniciación de ese Procedimiento. No obstante, debes tener en cuenta que el plazo para plantear este incidente es el de 20 días, que en este caso empezarían a contar desde la última notificación que se le ha realizado que no es otra sino a la que haces referencia.-

Si consta la notificacion de iniciación del procedimiento, has de tener en cuenta también, que estamos en presencia de un bien ganancial con lo cual, no se podrá embargar en su totalidad sino únicamente una mitad indivisa a no ser que la demanda inicial se haya notificado al cónyuge o que este en un momento anterior halla firmado el documento por medio del cual se constituia el aval.-

No obstante todo lo anterior, hay que ver el contenido del documento que se firmó porque el avalista tiene a su favor el beneficio de división y excusión es decir, la posibilidad de designar bienes del principal obligado al pago que puedan ser susceptibles de embargo antes de que se proceda contra sus propios bienes (del avalista).-

Un saludo.-
19/10/2006 20:42
Muchisimas gracias Alberto por haberme contestado.
susanna.
20/10/2006 10:44
¿No seria conveniente, averiguar posibles propiedades y cuentas corrientes de la hermana?.