Tengo un tema, que es ejecución de titulos judiciales, en el que tengo un mandamiento del Juzgado al Regustro de bienes muebles para embargar un coche, hay la anotación de embargo. El procurador me ha dicho que es el quien ha tenido que ir al registro de bienes para hacer la anotación de embargo (no lo entiendo no lo hace el juzgado?), y ahora me dice que tenemos que aportar al Juzgado ese documento del Registro de Bienes Muebles. Finalmente, me dice que éste coche lo deberán depositar en algún sitio, y que busque un sitio que no me cueste dinero hasta el día de la subhasta. ¿Esto es así? ¿Donde lo deposito?
El mandamiento lo tramita SIEMPRE el Procurador. Habrá pagado el impuesto por Acto Juridico Documentado y los honorarios del Registro. Habrá devuelto cumplimentado el mandamiento y ahora debereis solicitar un depositario, un lugar que guarde el vehiculo para garantizar que quien se adjudique el vehiculo no se lo encuentra como un acordeón. En tu ciudad existirán depositarios autorizados que se ocupan de esto.Tu Procurador o cualquier compañero te informará.