En primer lugar debes tener un título ejecutivo que te permita ejecutar el embargo a que aludes. Si ya se ha despachado la ejecución, es muy sencillo, bastará con que se presente un escrito en el juzgado a fin de que se oficie o consulte telemáticamente (por los juzgados que dispongan de este sistema que ya son casi todos) a la Tesorería General de la Seguridad Social o a la Agencia Tributaria para que informen de la empresa en la que presta sus servicios el ejecutado, o bien si cobra alguna prestación (INEM), o pensión (INSS), así como el domicilio donde realizar la actividad en caso de ser autónomo; una vez averiguado esto, (también nos puede informar el juzgado del domicilio de la empresa donde trabaja) se solicita que se proceda al embargo de la parte proporcional del salario que perciba por todos los conceptos (incluidas pagas dobles, beneficios, indemnización por despido, etc.) hasta cubrir el total de las responsabilidades reclamadas. Saludos.
buenas tardes antes de efectuar un embargo de una nomina cuales son los pasos antes de ejecutar un embargo supongo que debe de haber un protocolo buscar el acreedor etc localizacion etc o directamente se puede embargar una nomina por una deuda pendiente? confirmada o no? gracias por su atencion un saludo