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embargos

23 Comentarios
Viendo 21 - 23 de 23 comentarios
16/10/2006 13:06
Te contesto, por que me sabe mal que estes a 0, pero compartimos condicion novatil... asi que no se si podre ayudarte.

No entiendo lo que el salario del conyugue es acumulable... por que? yo pensaba que te referias a una deuda personal.

En el caso de que los dos fueran deudores, yo creo que es un tema individual, si ambos tienen ingresos por debajo del SMI, no se toca nada...

Bueno, es mi opinion no contrastada en ningun lado.. tranquila enciende un fuego vendra DDL y aportara luz al asunto.
16/10/2006 13:00
Mi duda de antes venía porque si no me equivoco, primero se va contra los bienes "privativos", y si no son suficientes, se pueden embargar los del cónyuge.

Interpreto el 607.2 en el sentido de que se embarga el 30 % desde el SMI hasta el doble.
Desde esa cifra (el doble) hasta el tercer SMI, el 50%, etc.

Así lo hago con el salario individual, supongo que no hay diferencia si son acumulados.

No tienen que sobrepasar el doble, porque entonces lo inembargable no sería sólo el SMI, ¿no?
16/10/2006 12:37
Bueno, planteo otra duda, a ver si ésta...
El art. 607 de la LEC dice q es inembargable el Salario Mínimo Interprofesional. Sin embargo, es acumulable el salario del cónyuge. Si entre los dos llegan a esa cifra, ya se les puede embargar un porcentaje?? O deberían sobrepasar el doble de esa cifra?
O sea: imaginemos q yo cobro 400 euros/mes y mi cónyuge cobra 500. Cada uno por nuestro lado no llegamos al SMI, pero si acumulamos nuestros salarios, sí. Se nos podría embargar entonces el 30 % de lo que sumamos entre los dos? O sólo nos lo podrían embargar si con el suyo superásemos el doble del SMI?

Por fa, que alguien me conteste... :(
Embargos
16/10/2006 12:04
Alguien sabe cuáles son los créditos realizables a corto plazo, y cuáles a medio o largo plazo?? Las acciones en Bolsa son CP, no? Graciasssss
(Art. 592 LEC: Orden de embargos)
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16/10/2006 13:06
Te contesto, por que me sabe mal que estes a 0, pero compartimos condicion novatil... asi que no se si podre ayudarte.

No entiendo lo que el salario del conyugue es acumulable... por que? yo pensaba que te referias a una deuda personal.

En el caso de que los dos fueran deudores, yo creo que es un tema individual, si ambos tienen ingresos por debajo del SMI, no se toca nada...

Bueno, es mi opinion no contrastada en ningun lado.. tranquila enciende un fuego vendra DDL y aportara luz al asunto.
16/10/2006 13:00
Mi duda de antes venía porque si no me equivoco, primero se va contra los bienes "privativos", y si no son suficientes, se pueden embargar los del cónyuge.

Interpreto el 607.2 en el sentido de que se embarga el 30 % desde el SMI hasta el doble.
Desde esa cifra (el doble) hasta el tercer SMI, el 50%, etc.

Así lo hago con el salario individual, supongo que no hay diferencia si son acumulados.

No tienen que sobrepasar el doble, porque entonces lo inembargable no sería sólo el SMI, ¿no?
16/10/2006 12:37
Bueno, planteo otra duda, a ver si ésta...
El art. 607 de la LEC dice q es inembargable el Salario Mínimo Interprofesional. Sin embargo, es acumulable el salario del cónyuge. Si entre los dos llegan a esa cifra, ya se les puede embargar un porcentaje?? O deberían sobrepasar el doble de esa cifra?
O sea: imaginemos q yo cobro 400 euros/mes y mi cónyuge cobra 500. Cada uno por nuestro lado no llegamos al SMI, pero si acumulamos nuestros salarios, sí. Se nos podría embargar entonces el 30 % de lo que sumamos entre los dos? O sólo nos lo podrían embargar si con el suyo superásemos el doble del SMI?

Por fa, que alguien me conteste... :(
Embargos
16/10/2006 12:04
Alguien sabe cuáles son los créditos realizables a corto plazo, y cuáles a medio o largo plazo?? Las acciones en Bolsa son CP, no? Graciasssss
(Art. 592 LEC: Orden de embargos)