los permisos los tienes en el art. 37 del Estatuto de los Trabajadores, que se aplican por remisión expresa del art. 9.6 del RD 1620/2011, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar.
se me olvidaba: - ¿tiene derecho a días de asuntos propios? en caso afirmativo, ¿cuántos son y debe disfrutarlos dentro del año natural? - las vacaciones se deben disfrutar dentro del año natural, verdad? (empezó a trabajar en septiembre y hasta ahora no ha hecho vacaciones. Leyendo en el foro veo que debía haberlos gastado el 31 de diciembre. Como ella quiere hacer vacaciones en agosto, ahora hará un mes y si quiere le adelantaremos las vacaciones que generará hasta el 31 de diciembre... para hacerlo legalmente. Saludos Carla
Hemos contratado una empleada de hogar hace un año y tenemos dudas con respecto a las vacaciones y los permisos legales que puede disfrutar.
Sabemos que tiene 30 o 31 días de vacaciones, 15 días por matrimonio, 1 día por defunción de padre/madre... pero nos gustaría saber exactamente qué permisos puede disfrutar por ejemplo: - por exámenes oficiales (está estudiando) - enfermedad u hospitalización de familiar - ...
Os agradeceríamos nos facilitárais esta información o una página web en la que podamos ver exactamente los permisos que puede disfrutar y así facilitársela también a ella. Estamos muy contentos con ella y no queremos "quitarle nada" ni que piense que la engañamos.