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Empleadas de hogar: si el salario es el smi ¿se tiene que cobrar íntegramente?

5 Comentarios
 
Empleadas de hogar: si el salario es el smi ¿se tiene que cobrar íntegramente?
31/01/2018 15:58
Hola:

Según estoy estudiando, las empleadas de hogar tienen derecho a cobrar el SMI, que para el año 2018 está fijado en 10.302,60 euros anuales.

Entiendo que esto significa que, con la prorrata de las pagas extra, un empleada de hogar que cobra 12 mensualidades debe cobrar, como mínimo, 858,55 euros al mes.

Si el anterior razonamiento es correcto, tengo la siguiente cuestión: ¿este importe del SMI se tiene que pagar íntegramente a la trabajadora o, al contrario, de él se pueden descontar cotizaciones de algun tipo?

Gracias!
31/01/2018 16:59
Zard
El SMI es en bruto, a partir de aquí descuentos..........................................................................
31/01/2018 16:59
Zard
Creo que acabo de dar con la solución en otros hilos del foro. Según comentan los compañeros, el SMI es bruto y, por lo tanto, se le tienen que aplicar posteriormente descuentos.

Ahora bien, ¿qué pasa si en el contrato se fija un importe inferior al SMI, digamos 800 euros y los recibos mensuales que se le dan a la trabajadora son por este importe?
31/01/2018 17:00
jamgpreve
Gracias! Jaja. Acabo de publicar justamente que ya encontre otro post respondido y con una pregunta parecida a la mia en el foro.
31/01/2018 17:12
Zard
Hola,
habría que saber si pone que son 10302.60 euros anuales de salario base o con pagas extras incluidas.
Siendo un salario anual con extras incluidas, quedaría 10302.60/12 = 858.55 euros brutos mensuales con pagas prorrateadas mensuales y de aquí habría que descontar la retención de IRPF, que dependiendo del tipo de contrato y de las circunstancias personales del trabajador puede ser en más o menos cuantía, es siempre un porcentaje. También hay que descontar las deducciones a la seguridad social, que al trabajador le corresponden 3 conceptos: contingencias comunes (4.7%), desempleo (1.6% contrato de duración determinada ó 1.55% contrato indefinido) y formación profesional (0.10%).
Después de restarle al salario bruto cada una de estas cuatro cantidades es cuando se tiene el salario neto o total a percibir por el trabajador.

PD: este salario me quiero imaginar que será para una persona que esta contratada a jornada completa, si trabajara menos horas al día, a la semana o al año que lo que corresponde a un jornada completa se le retribuiría una parte proporcional del salario.

Bueno intente resumirte lo un poco para ver si puede ayudarte, de todas formas hacer una nómina tiene unos ciertos pasos y hay mas de una forma de realizaras, dependiendo de si las pagas extras se reciben prorrateadas mensualmente o 2 veces al año, además a veces el salario esta formado por mas cuantías que el salario base y las pagas extras, ya que puede haber complementos salariales y extrasalariales y de estos últimos algunas cantidades no cotizan a la SS y si al IRPF, por ejemplo. Puedes buscar en google o incluso en youtube información de como realizar una nómina y quizá si esto no te auyuda un artículo o un video pueda hacerlo mejor.
Un saludo.
31/01/2018 17:19
Lva22
Muchas gracias por una información tan completa! Aclarándome estos conceptos, me has ayudado mucho con el estudio.
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Empleadas de hogar: si el salario es el smi ¿se tiene que cobrar íntegramente?
31/01/2018 15:58
Hola:

Según estoy estudiando, las empleadas de hogar tienen derecho a cobrar el SMI, que para el año 2018 está fijado en 10.302,60 euros anuales.

Entiendo que esto significa que, con la prorrata de las pagas extra, un empleada de hogar que cobra 12 mensualidades debe cobrar, como mínimo, 858,55 euros al mes.

Si el anterior razonamiento es correcto, tengo la siguiente cuestión: ¿este importe del SMI se tiene que pagar íntegramente a la trabajadora o, al contrario, de él se pueden descontar cotizaciones de algun tipo?

Gracias!
31/01/2018 16:59
Zard
El SMI es en bruto, a partir de aquí descuentos..........................................................................
31/01/2018 16:59
Zard
Creo que acabo de dar con la solución en otros hilos del foro. Según comentan los compañeros, el SMI es bruto y, por lo tanto, se le tienen que aplicar posteriormente descuentos.

Ahora bien, ¿qué pasa si en el contrato se fija un importe inferior al SMI, digamos 800 euros y los recibos mensuales que se le dan a la trabajadora son por este importe?
31/01/2018 17:00
jamgpreve
Gracias! Jaja. Acabo de publicar justamente que ya encontre otro post respondido y con una pregunta parecida a la mia en el foro.
31/01/2018 17:12
Zard
Hola,
habría que saber si pone que son 10302.60 euros anuales de salario base o con pagas extras incluidas.
Siendo un salario anual con extras incluidas, quedaría 10302.60/12 = 858.55 euros brutos mensuales con pagas prorrateadas mensuales y de aquí habría que descontar la retención de IRPF, que dependiendo del tipo de contrato y de las circunstancias personales del trabajador puede ser en más o menos cuantía, es siempre un porcentaje. También hay que descontar las deducciones a la seguridad social, que al trabajador le corresponden 3 conceptos: contingencias comunes (4.7%), desempleo (1.6% contrato de duración determinada ó 1.55% contrato indefinido) y formación profesional (0.10%).
Después de restarle al salario bruto cada una de estas cuatro cantidades es cuando se tiene el salario neto o total a percibir por el trabajador.

PD: este salario me quiero imaginar que será para una persona que esta contratada a jornada completa, si trabajara menos horas al día, a la semana o al año que lo que corresponde a un jornada completa se le retribuiría una parte proporcional del salario.

Bueno intente resumirte lo un poco para ver si puede ayudarte, de todas formas hacer una nómina tiene unos ciertos pasos y hay mas de una forma de realizaras, dependiendo de si las pagas extras se reciben prorrateadas mensualmente o 2 veces al año, además a veces el salario esta formado por mas cuantías que el salario base y las pagas extras, ya que puede haber complementos salariales y extrasalariales y de estos últimos algunas cantidades no cotizan a la SS y si al IRPF, por ejemplo. Puedes buscar en google o incluso en youtube información de como realizar una nómina y quizá si esto no te auyuda un artículo o un video pueda hacerlo mejor.
Un saludo.
31/01/2018 17:19
Lva22
Muchas gracias por una información tan completa! Aclarándome estos conceptos, me has ayudado mucho con el estudio.