Tengo una duda con la nueva normativa. Anteriormente a ( 01/20012) el contrato si era verbal se entendía que tenía una diración anual no causal.... , esto es de duración un año prorrogable en año natural todas las prórrogas que nos diera la gana. Con los contratos que estaban vigentes antes de la reforma , pueden seguir rigiéndose por la antigüa normativa ???
La anterior normativa esta derogada. Para los empleadores existe el plazo de un año para formalizar por escrito los contratos de trabajo vigentes que como consecuencia de la nueva regulación, deban celebrarse por escrito. Igual plazo tendrán para adecuarse a la obligación de informar al empleado de hogar sobre los elementos esenciales del contrato de trabajo.