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empresario insolvente?

2 Comentarios
 
Empresario insolvente?
20/05/2009 18:35
Hola a todos;
Agradecería mucho si pudieseis ayudarme, soy estudiante de RRLL, mi duda es la siguiente:

¿pueden hacer algo los trabajadores para evitar que el empresario haga desaparecer su capital para no pagar? ¿y si no lo hacen podría intervenir alguna entidad intersada?
el emresario lleva 2 meses sin pagar a los trabajadores y despide a uno que decide no ir mas a trabajar. estos, en sus pretensiones piden, los salarios dejados de percibir, la extincion de todos los contratos y la impuganación del despido...

Muchas gracias
20/05/2009 19:18
Los trabajadores podrían acudir al juzgado de lo mercantil y solicitar la declaración de concurso necesario por alzamiento o liquidación apresurada o ruinosa de los bienes del deudor.
Al llevar 2 meses sin cobrar, no pueden acogerse a lo dispuesto en el art. 50.1.b ET, tendrían que acompañar a la solicitud de concurso, sus pretensiones.
El trabajador que abandona su puesto de trabajo, por no percibir el salario pactado, el empresario podrá entender abandono del puesto de trabajo, con lo cual, no tendrá derecho a indemnización ni a desempleo.
20/05/2009 22:36
Muchas gracias Shughart!!

Respecto, a la segunda pregunta sobre si podría intervenir alguna entidad intersesada, creo que se refiere al Fogasa, me remito a los arts. 274, 275, 23 y 24 LPL, ¿no?, pues el ministerio fiscal no intervensría ¿no?
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20/05/2009 18:35
Hola a todos;
Agradecería mucho si pudieseis ayudarme, soy estudiante de RRLL, mi duda es la siguiente:

¿pueden hacer algo los trabajadores para evitar que el empresario haga desaparecer su capital para no pagar? ¿y si no lo hacen podría intervenir alguna entidad intersada?
el emresario lleva 2 meses sin pagar a los trabajadores y despide a uno que decide no ir mas a trabajar. estos, en sus pretensiones piden, los salarios dejados de percibir, la extincion de todos los contratos y la impuganación del despido...

Muchas gracias
20/05/2009 19:18
Los trabajadores podrían acudir al juzgado de lo mercantil y solicitar la declaración de concurso necesario por alzamiento o liquidación apresurada o ruinosa de los bienes del deudor.
Al llevar 2 meses sin cobrar, no pueden acogerse a lo dispuesto en el art. 50.1.b ET, tendrían que acompañar a la solicitud de concurso, sus pretensiones.
El trabajador que abandona su puesto de trabajo, por no percibir el salario pactado, el empresario podrá entender abandono del puesto de trabajo, con lo cual, no tendrá derecho a indemnización ni a desempleo.
20/05/2009 22:36
Muchas gracias Shughart!!

Respecto, a la segunda pregunta sobre si podría intervenir alguna entidad intersesada, creo que se refiere al Fogasa, me remito a los arts. 274, 275, 23 y 24 LPL, ¿no?, pues el ministerio fiscal no intervensría ¿no?