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en qué situación me encuentro yo si la empresa recurre

1 Comentarios
 
En qué situación me encuentro yo si la empresa recurre
25/09/2019 13:45
Buenos días, Gane la demanda a la empresa solicitando el despido improcedente por acoso, tiene para recurrir 5 días , de los cuales pasaron 2 desde que recibió la notificación, la empresa ya me ha despedido con fecha de baja de hace 5 días, por lo visto se están planteando recurrir, en que situación me encuentro yo si la empresa recurre , cuando ya estoy fuera de la empresa?
06/10/2019 17:27
Rubitadeallado
Hola. casualmente soy de lo laboral, pasaba por aquí...

La empresa tiene 5 días para "ANUNCIAR" no para interponer el recurso de suplicación... el Letrado de la Administración, mas conocido como el Secretario, tendrá por anunciado el recurso y acordará poner los autos a disposición del letrado o graduado social colegiado designado por la parte recurrente, por el orden de anuncio, para que interponga el recurso, dentro de los diez días siguientes a que se notifique la puesta a disposición. Luego podrá poner si procede el recurso de casación.

Ahora,como se declaro el despido, improcedente o nulo, optaron por la indemnización o por la readmisión.

Lo que podrá hacer es pedir anticipos de esa indemnización en tal caso de que la empresa se pronunciara por la indemnización y no por la readmisión, entendiendo en tal caso que el despido fue declarado improcedente y no nulo... No me da muchos datos
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en qué situación me encuentro yo si la empresa recurre

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En qué situación me encuentro yo si la empresa recurre
25/09/2019 13:45
Buenos días, Gane la demanda a la empresa solicitando el despido improcedente por acoso, tiene para recurrir 5 días , de los cuales pasaron 2 desde que recibió la notificación, la empresa ya me ha despedido con fecha de baja de hace 5 días, por lo visto se están planteando recurrir, en que situación me encuentro yo si la empresa recurre , cuando ya estoy fuera de la empresa?
06/10/2019 17:27
Rubitadeallado
Hola. casualmente soy de lo laboral, pasaba por aquí...

La empresa tiene 5 días para "ANUNCIAR" no para interponer el recurso de suplicación... el Letrado de la Administración, mas conocido como el Secretario, tendrá por anunciado el recurso y acordará poner los autos a disposición del letrado o graduado social colegiado designado por la parte recurrente, por el orden de anuncio, para que interponga el recurso, dentro de los diez días siguientes a que se notifique la puesta a disposición. Luego podrá poner si procede el recurso de casación.

Ahora,como se declaro el despido, improcedente o nulo, optaron por la indemnización o por la readmisión.

Lo que podrá hacer es pedir anticipos de esa indemnización en tal caso de que la empresa se pronunciara por la indemnización y no por la readmisión, entendiendo en tal caso que el despido fue declarado improcedente y no nulo... No me da muchos datos