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En un juicio por embargo puedo negarme a tener ABOGADO Y PROCURADOR

1 Comentarios
 
En un juicio por embargo puedo negarme a tener abogado y procurador
29/05/2009 16:41
Mi pregunta es la siguiente:

debo una cantidad superior a 50.000 euros a varios bancos y entre ellos uno me ha demandado judicialmente, pero evidentemente si tuviera dinero suficiente para pagar pagaría el prestamo, pero resulta que ahora voy a tener que pagar un abogado y procurador,

1-puedo negarme a ir al juicio con abogado o procurador.

2- cuanto me costaría el juicio mas o menos.

Es un poco raro que tengas que pagar un abogado suponiendo que no tienes dinero para pagar los préstamos, y con mi nómina de funcionario no puedo justificarme para la asistencia gratuíta, que puedo hacer, gracias.
salu2
29/05/2009 19:11
Pida asistencia gratuita, de todas formas, y si se la deniegan recurra; no sería el primero al que se la conceden justificando sus circunstancias. Usted no puede negarse a ir con abogado y procurador si el procedimiento en cuestión los precisa, si no los llevara el juez requeriría al colegio de abogados para que se los designaran de oficio (lo cual no quiere decir que no tenga que pagarlos, en su caso).
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En un juicio por embargo puedo negarme a tener ABOGADO Y PROCURADOR

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En un juicio por embargo puedo negarme a tener abogado y procurador
29/05/2009 16:41
Mi pregunta es la siguiente:

debo una cantidad superior a 50.000 euros a varios bancos y entre ellos uno me ha demandado judicialmente, pero evidentemente si tuviera dinero suficiente para pagar pagaría el prestamo, pero resulta que ahora voy a tener que pagar un abogado y procurador,

1-puedo negarme a ir al juicio con abogado o procurador.

2- cuanto me costaría el juicio mas o menos.

Es un poco raro que tengas que pagar un abogado suponiendo que no tienes dinero para pagar los préstamos, y con mi nómina de funcionario no puedo justificarme para la asistencia gratuíta, que puedo hacer, gracias.
salu2
29/05/2009 19:11
Pida asistencia gratuita, de todas formas, y si se la deniegan recurra; no sería el primero al que se la conceden justificando sus circunstancias. Usted no puede negarse a ir con abogado y procurador si el procedimiento en cuestión los precisa, si no los llevara el juez requeriría al colegio de abogados para que se los designaran de oficio (lo cual no quiere decir que no tenga que pagarlos, en su caso).