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Encadenamiento de contratos y disposición de indemnización

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Encadenamiento de contratos y disposición de indemnización
17/06/2014 20:53
Buenas tardes.

Un empresario del sector de la construcción (familiar) se encuentra inmerso en un proceso judicial por varios despidos. Los trabajadores despedidos alegan en su demanda:
-Error en el cálculo de la indemnización no subsanable.
-No haber puesto la indemnización a su disposición en el momento de entregar la carta de despido.

Las dudas que tengo al respecto son las siguientes:
-En cuanto al error en el cálculo de la indemnización: los trabajadores tenían contratos fijos de obra, fueron contratados para obras concretas con puestos de trabajo concreto. Ellos consideran que tiene una antigüedad mayor a la que consta en su último contrato. En este caso, ¿se encadenarían los contratos? ¿O no sería de aplicación esta regla del ET por aplicarse lo establecido en el VConvenio de la Sector de la Construcción?

-Por otra parte, la carta de despido fue entregada en su puesto de trabajo (la obra), indicándoles en la misma que tenían a su disposición la indemnización correspondiente, no haciéndole entrega en este mismo acto de esas cantidades por el lugar donde se encontraban. No se dirigieron por las oficinas de la empresa a retirar los cheques conformados a favor de estos trabajadores. Se intentó realizar el pago a través del ingreso en sus cuentas corrientes, pero el banco informó del embargo de las mismas. Posteriormente, y habiendo comunicado este hecho en el acto de conciliación, se ingresaron todas las indemnizaciones correspondientes en una cuenta del sindicato. Siguen alegando improcedencia del despido por no haber puesto a disposición del trabajador la indemnización. Mi pregunta es, ¿si los trabajadores deciden no ir a buscar la indemnización, esto supondría no haberla puesto a su disposición?

Muchas gracias de antemano.
Un saludo.
Encadenamiento de contratos y disposición de indemnización | PorticoLegal
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Encadenamiento de contratos y disposición de indemnización
17/06/2014 20:53
Buenas tardes.

Un empresario del sector de la construcción (familiar) se encuentra inmerso en un proceso judicial por varios despidos. Los trabajadores despedidos alegan en su demanda:
-Error en el cálculo de la indemnización no subsanable.
-No haber puesto la indemnización a su disposición en el momento de entregar la carta de despido.

Las dudas que tengo al respecto son las siguientes:
-En cuanto al error en el cálculo de la indemnización: los trabajadores tenían contratos fijos de obra, fueron contratados para obras concretas con puestos de trabajo concreto. Ellos consideran que tiene una antigüedad mayor a la que consta en su último contrato. En este caso, ¿se encadenarían los contratos? ¿O no sería de aplicación esta regla del ET por aplicarse lo establecido en el VConvenio de la Sector de la Construcción?

-Por otra parte, la carta de despido fue entregada en su puesto de trabajo (la obra), indicándoles en la misma que tenían a su disposición la indemnización correspondiente, no haciéndole entrega en este mismo acto de esas cantidades por el lugar donde se encontraban. No se dirigieron por las oficinas de la empresa a retirar los cheques conformados a favor de estos trabajadores. Se intentó realizar el pago a través del ingreso en sus cuentas corrientes, pero el banco informó del embargo de las mismas. Posteriormente, y habiendo comunicado este hecho en el acto de conciliación, se ingresaron todas las indemnizaciones correspondientes en una cuenta del sindicato. Siguen alegando improcedencia del despido por no haber puesto a disposición del trabajador la indemnización. Mi pregunta es, ¿si los trabajadores deciden no ir a buscar la indemnización, esto supondría no haberla puesto a su disposición?

Muchas gracias de antemano.
Un saludo.