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Entrega de llaves antes de desahucio. proseguir judicialmente con cantidades impagadas.

2 Comentarios
 
Entrega de llaves antes de desahucio. proseguir judicialmente con cantidades impagadas.
31/05/2017 23:36
Buenas noches compañeros;

No he visto en las primeras páginas un tema como este por lo que procedo a plantearles mi duda:

Interpuse demanda de desahucio por impago de rentas de una vivienda alquilada para larga estancia (no como vivienda habitual).

La demanda se tramitó como juicio verbal, y siguió los cauces previstos para este tipo de procedimientos. El tema aquí es que intentaron notificar al arrendatario, pero fue imposible y se le dejó aviso por debajo de la puerta.

Días más tarde se pone en contacto conmigo el cliente diciendo que la madre de la pareja del arrendatario le ha dicho que este se ha ido de la isla (en mi caso es en Gran Canaria), y que ella quiere devolverle la llave al arrendador y resolver el contrato. El cliente me dice que necesita las llaves cuanto antes, por que ahora viene verano y no quiere esperar al lanzamiento, por lo que le redacto un documento donde pongo los datos de esta persona y del arrendador, ella entrega las llaves, resuelve el contrato y reconoce que existe una deuda.

Ahora vienen aquí mis dudas:
No han podido notificar al demandado; ¿Se supone que ya han pasado los 10 días para oponerse? El lanzamiento esta fijado para este mes y supuestamente se le tuvo que notificar hace semanas.. yo interpreto que si se le da por notificado. En el caso negativo.. ¿Debería hacer escrito para que se publique por edictos?

Esta persona actuó en representación del demandado. No va a haber problemas por que el demandado ni está ni se le espera. Aún así.. ¿Hago un escrito al juzgado diciendo que entregó las llaves esta señora en representación del demandado, para cancelar el lanzamiento? ¿Cancelado el lanzamiento, como debería proseguir o que tipo de escrito debería hacer para reclamar las cantidades impagadas?

Es la primera vez que se me da esto en un desahucio (tpoco he llevado muchos), y la verdad que ando un poco perdido.

Agradezco las respuestas.

Un saludo compañeros!!
01/06/2017 10:39
alamoabg
Imagino que en la demanda que interpusiste acumulaste desahucio y reclamación de rentas.
En ese caso, después de la reforma del desahucio express, la notificación es "automática", de modo que ni hay que fijar edictos en el tablón de anuncios ni mucho menos notificarlos.
Por supuesto ya habrán pasado los 10 días para que conteste, lo que pasa es que los Juzgados son lentos y no te habrán traslado ninguna resolución, pero lo más probable es que incluso te hayan dictado sentencia estimatoria.
Todo sigue su curso de un modo casi "mecánico" y te recomiendo que ni hagas nada ni digas nada, mucho menos si quien te ha entregado las llaves es una persona que está apoderada.
Déjalo estar y no lo compliques.
Eso sí: cuando te notifiquen la sentencia con la fecha de lanzamiento tú esperas una par de semanas o lo que consideres prudente y les comunicas que el inquilino te ha entregado las llaves y que te ha pagado tal o cual cantidad por lo que solicitas:
1.- que se suspenda el lanzamiento por ser ya innecesario
2.- que se prosiga con ejecución de la demanda por el importe de la cantidad reclamada menos lo que el inquilino te haya pagado.
El Juzgado lo aceptará porque todo lo que les pides te "perjudica" y por tanto es creíble y no pondrán pegas.
01/06/2017 23:28
leonjbr
Gracias por la respuesta! A día de hoy solo me han notificado que ha sido imposible notificar al demandado y se le dejó aviso en correos debajo de la puerta. Este señor ya no va a retirar la demanda, por que primero ya su suegra entregó las llaves y por que segundo se encuentra fuera de la isla.
La fecha de lanzamiento está fijada para el 22 de Junio. Haré lo que me dices; esperaré a que me notifiquen la sentencia ratificando el lanzamiento y haré escrito para que se suspenda en lanzamiento y se ejecute la demanda por las cantidades impagadas.

Muchas gracias!!
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Entrega de llaves antes de desahucio. proseguir judicialmente con cantidades impagadas.
31/05/2017 23:36
Buenas noches compañeros;

No he visto en las primeras páginas un tema como este por lo que procedo a plantearles mi duda:

Interpuse demanda de desahucio por impago de rentas de una vivienda alquilada para larga estancia (no como vivienda habitual).

La demanda se tramitó como juicio verbal, y siguió los cauces previstos para este tipo de procedimientos. El tema aquí es que intentaron notificar al arrendatario, pero fue imposible y se le dejó aviso por debajo de la puerta.

Días más tarde se pone en contacto conmigo el cliente diciendo que la madre de la pareja del arrendatario le ha dicho que este se ha ido de la isla (en mi caso es en Gran Canaria), y que ella quiere devolverle la llave al arrendador y resolver el contrato. El cliente me dice que necesita las llaves cuanto antes, por que ahora viene verano y no quiere esperar al lanzamiento, por lo que le redacto un documento donde pongo los datos de esta persona y del arrendador, ella entrega las llaves, resuelve el contrato y reconoce que existe una deuda.

Ahora vienen aquí mis dudas:
No han podido notificar al demandado; ¿Se supone que ya han pasado los 10 días para oponerse? El lanzamiento esta fijado para este mes y supuestamente se le tuvo que notificar hace semanas.. yo interpreto que si se le da por notificado. En el caso negativo.. ¿Debería hacer escrito para que se publique por edictos?

Esta persona actuó en representación del demandado. No va a haber problemas por que el demandado ni está ni se le espera. Aún así.. ¿Hago un escrito al juzgado diciendo que entregó las llaves esta señora en representación del demandado, para cancelar el lanzamiento? ¿Cancelado el lanzamiento, como debería proseguir o que tipo de escrito debería hacer para reclamar las cantidades impagadas?

Es la primera vez que se me da esto en un desahucio (tpoco he llevado muchos), y la verdad que ando un poco perdido.

Agradezco las respuestas.

Un saludo compañeros!!
01/06/2017 10:39
alamoabg
Imagino que en la demanda que interpusiste acumulaste desahucio y reclamación de rentas.
En ese caso, después de la reforma del desahucio express, la notificación es "automática", de modo que ni hay que fijar edictos en el tablón de anuncios ni mucho menos notificarlos.
Por supuesto ya habrán pasado los 10 días para que conteste, lo que pasa es que los Juzgados son lentos y no te habrán traslado ninguna resolución, pero lo más probable es que incluso te hayan dictado sentencia estimatoria.
Todo sigue su curso de un modo casi "mecánico" y te recomiendo que ni hagas nada ni digas nada, mucho menos si quien te ha entregado las llaves es una persona que está apoderada.
Déjalo estar y no lo compliques.
Eso sí: cuando te notifiquen la sentencia con la fecha de lanzamiento tú esperas una par de semanas o lo que consideres prudente y les comunicas que el inquilino te ha entregado las llaves y que te ha pagado tal o cual cantidad por lo que solicitas:
1.- que se suspenda el lanzamiento por ser ya innecesario
2.- que se prosiga con ejecución de la demanda por el importe de la cantidad reclamada menos lo que el inquilino te haya pagado.
El Juzgado lo aceptará porque todo lo que les pides te "perjudica" y por tanto es creíble y no pondrán pegas.
01/06/2017 23:28
leonjbr
Gracias por la respuesta! A día de hoy solo me han notificado que ha sido imposible notificar al demandado y se le dejó aviso en correos debajo de la puerta. Este señor ya no va a retirar la demanda, por que primero ya su suegra entregó las llaves y por que segundo se encuentra fuera de la isla.
La fecha de lanzamiento está fijada para el 22 de Junio. Haré lo que me dices; esperaré a que me notifiquen la sentencia ratificando el lanzamiento y haré escrito para que se suspenda en lanzamiento y se ejecute la demanda por las cantidades impagadas.

Muchas gracias!!