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ere de suspensión temporal y nuevo empleo

5 Comentarios
 
Ere de suspensión temporal y nuevo empleo
13/01/2011 17:47
Estoy afectada por un ere de suspensión temporal de empleo durante un año.
Desde el mismo día que solicité la prestación por desempleo, estoy buscando trabajo activamente.
Recibo comunicación, de una de las empresas donde he entregado mi currículum, para hacerme una entrevista. Me ofrecen, en principio, un contrato de seis meses. Yo toda feliz, lo comento a un abogado laboralista, amigo mío, y éste me responde: "Si firmas un contrato con otra empresa, pierdes los derechos adquiridos con la que en este momento te tiene suspendida", es decir, derecho a indemnización, si correspondiera, transcurrido el ERE... Me dice que no puedo estar contratada por dos empresas a la vez, y que si firmo un contrato con una nueva empresa, es como si me fuese voluntariamente de la que me tiene ahora suspendida, por lo que no me correspondería, en un futuro nada de nada.
Por favor, me podéis orientar. Entonces que pasa ¿no puedo trabajar durante el ere y luego valorar con qué empresa me conviene más trabajar?
13/01/2011 18:24
Puedes pedir autorización a tu empresa para ello. Yo entiendo que podría considerarse pluriempleo.

En todo caso, también puedes pedir una excedencia.
13/01/2011 18:31
Pues yo, salvo mejor opinion, opino que si, que mientras estes afectada por un ERE en tu empresa puedes trabajar en otra. De hecho, yo hice un ERE para una empresa y en la inspeccion de trabajo, porque citaron a empresa y trabajadores, la inspectora se lo dijo a estos ultimos, que si les salia un trabajo, podian trabajar. Lo unico que tendras que hacer es solicitar la suspension de la prestacion por desempleo. Igual antes era como te han dicho, no se, pero ahora no, se puede trabajar en otra empresa estando afectada por un ERE en otra. Lo del pluriempleo ya no lo se, eso en la administracion de la TGSS que te corresponda te lo podran decir y si es asi, pues lo comunicas a tu empresa y listo.
Un saludo
13/01/2011 21:10
Muchas gracias por orientarme.
13/01/2011 21:51
Copio y pego: https://www.redtrabaja.es/es/redtrabaja/indicePreguntas/jsp/JSP_REDT_mostrar_preg.jsp?preg=6325
Preguntas frecuentes
Resultado de los términos buscados: EXPEDIENTES REGULACIÓN EMPLEO
Pregunta:
¿Se puede trabajar en otra empresa estando incluido en un Expediente de Regulación de Empleo de suspensión de la relación laboral?
Respuesta:
La inclusión en un Expediente de Regulación de Empleo de suspensión de la relación laboral supone la exoneración para el trabajador y la empresa de las obligaciones recíprocas de trabajar y remunerar el trabajo.
Ello, no supone prohibición alguna para el trabajador afectado de realizar otra actividad laboral, sea por cuenta ajena o por cuenta propia.
No obstante, las colocaciones que se produzcan durante la percepción de la prestación por desempleo deberán ser comunicadas por el trabajador al Servicio Público de Empleo Estatal al objeto de suspender la percepción de la prestación.
En el supuesto de que la colocación sea a tiempo parcial, el desempleado podrá solicitar la compatibilización de la prestación con el contrato a tiempo parcial, deduciéndose de aquélla la parte proporcional al tiempo trabajado.
Referencia normativa: Artículo 45 del RDL 1/1995 de 24 de marzo, Estatuto de los Trabajadores, artículos 221.1 y 231.1 e) del Real Decreto Legislativo 1/1994 de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
14/01/2011 13:35
Muchas gracias, nelin.
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13/01/2011 17:47
Estoy afectada por un ere de suspensión temporal de empleo durante un año.
Desde el mismo día que solicité la prestación por desempleo, estoy buscando trabajo activamente.
Recibo comunicación, de una de las empresas donde he entregado mi currículum, para hacerme una entrevista. Me ofrecen, en principio, un contrato de seis meses. Yo toda feliz, lo comento a un abogado laboralista, amigo mío, y éste me responde: "Si firmas un contrato con otra empresa, pierdes los derechos adquiridos con la que en este momento te tiene suspendida", es decir, derecho a indemnización, si correspondiera, transcurrido el ERE... Me dice que no puedo estar contratada por dos empresas a la vez, y que si firmo un contrato con una nueva empresa, es como si me fuese voluntariamente de la que me tiene ahora suspendida, por lo que no me correspondería, en un futuro nada de nada.
Por favor, me podéis orientar. Entonces que pasa ¿no puedo trabajar durante el ere y luego valorar con qué empresa me conviene más trabajar?
13/01/2011 18:24
Puedes pedir autorización a tu empresa para ello. Yo entiendo que podría considerarse pluriempleo.

En todo caso, también puedes pedir una excedencia.
13/01/2011 18:31
Pues yo, salvo mejor opinion, opino que si, que mientras estes afectada por un ERE en tu empresa puedes trabajar en otra. De hecho, yo hice un ERE para una empresa y en la inspeccion de trabajo, porque citaron a empresa y trabajadores, la inspectora se lo dijo a estos ultimos, que si les salia un trabajo, podian trabajar. Lo unico que tendras que hacer es solicitar la suspension de la prestacion por desempleo. Igual antes era como te han dicho, no se, pero ahora no, se puede trabajar en otra empresa estando afectada por un ERE en otra. Lo del pluriempleo ya no lo se, eso en la administracion de la TGSS que te corresponda te lo podran decir y si es asi, pues lo comunicas a tu empresa y listo.
Un saludo
13/01/2011 21:10
Muchas gracias por orientarme.
13/01/2011 21:51
Copio y pego: https://www.redtrabaja.es/es/redtrabaja/indicePreguntas/jsp/JSP_REDT_mostrar_preg.jsp?preg=6325
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Pregunta:
¿Se puede trabajar en otra empresa estando incluido en un Expediente de Regulación de Empleo de suspensión de la relación laboral?
Respuesta:
La inclusión en un Expediente de Regulación de Empleo de suspensión de la relación laboral supone la exoneración para el trabajador y la empresa de las obligaciones recíprocas de trabajar y remunerar el trabajo.
Ello, no supone prohibición alguna para el trabajador afectado de realizar otra actividad laboral, sea por cuenta ajena o por cuenta propia.
No obstante, las colocaciones que se produzcan durante la percepción de la prestación por desempleo deberán ser comunicadas por el trabajador al Servicio Público de Empleo Estatal al objeto de suspender la percepción de la prestación.
En el supuesto de que la colocación sea a tiempo parcial, el desempleado podrá solicitar la compatibilización de la prestación con el contrato a tiempo parcial, deduciéndose de aquélla la parte proporcional al tiempo trabajado.
Referencia normativa: Artículo 45 del RDL 1/1995 de 24 de marzo, Estatuto de los Trabajadores, artículos 221.1 y 231.1 e) del Real Decreto Legislativo 1/1994 de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
14/01/2011 13:35
Muchas gracias, nelin.