Sino tenéis delegados, tenéis que elegir por lo menos a una comisión de tres trabajadores, que os representen en las negociaciones con la empresa. Quizás estos cinco tengan motivos para no firmarlo. Cualquier trabajador puede denunciar los acuerdos ante la autoridad laboral, aunque hubiera acuerdo entre las partes.
Si el periodo de consultas concluye sin acuerdo, la autoridad laboral, haciendo uso de su poder discrecional, dicta una resolución en que estima o desestima, en todo o en parte, lo solicitado por el empresario.
La autorización administrativa únicamente válida la Regulación de Empleo cuando la documentación del ERE desprende que las medidas propuestas por el empleador son razonablemente necesarias para lograr, bien superar una situación negativa de la empresa, bien garantizar su viabilidad futura y la del empleo.
Para dictar resolución en el caso de falta de acuerdo, la autoridad laboral tiene 15 días naturales, a contar desde que se comunique la finalización del periodo de consultas. Sin no hay pronunciamiento expreso dentro del plazo indicado, sen entenderá silencia administrativo positivo.
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Hola: estamos en un ere de extincion. El viernes se creo la asamble para formar comité y de los 35 trabajadores hay 5 que no han querido firmar el acta y no quieren negociar, aun cuando la empresa nos comunica de negociar para pagarnos mas de 20 dias por año. Se puede desligar a estos trabajadores del colectivo ya que nos perjudca a todos? la asamblea fué declarada nula por no firmar todos. Y en caso que no podamos negociar por estos trabajadores, que pasos dará la empresa? Por favor me urge contestación