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ERE temporal con cambio de empresa

4 Comentarios
 
Ere temporal con cambio de empresa
15/09/2014 11:08
Hola, estoy un poco perdido. Llevo trabajando en la misma empresa más de 30 años. La empresa es una conocida cadena hotelera española de exito. Donde trabajo es de esta cadena hotelera y quieren traspasarla a otra empresa francesa. Lo que no hasn dicho es hacer un ERE temporal de 5 meses, y luego ya nos contratará la nueva empresa. Tengo muchas dudas. Pierdo de esta manera la indemnización por despido si acepto el ERE? la nueva empresa tiene la obligatoriedad de contratarnos? Estos 5 meses cobraría del paro? es mejor que me despidan, me indemnicen y luego si quieren contratarnos la nueva empresa que nos contrate? puede hacer un ERE una cadena hotelera con ganancias? les agradezco su ayuda! muchas gracias
15/09/2014 11:33
Varias cosas, de que estamos hablando? de un ERE o de un ERTE. Entiendo que se trata de un ERTE porque dice usted que en 5 meses pasaran con la nueva empresa.
ERE Expediente de Regulación de Empleo, osea despido.
ERTE Expediente de Regulación Temporal de Empleo, es decir suspensión del cto pero no despido.
En el primer caso es un despido y por tanto la empresa indemniza tmy aquí acaba el vinculo con esta y con la futura empresa.
En el segundo caso no hay despido y por tanto no hay indemnización y luego se puede hacer de dos formas se trabaja medio año y la otra parte se va al paro o bien se realizan ambas cosas se trabaja un tanto % de la jornada de la cual responde salarialmente la empresa y oír la parte de jornada que no se realiza se cobra desempleo y cuando venga la nueva empresa se ponen nuevamente a hornada completa pero al ser subrogación no hay indemnización simplemente pasan a la nueva empresa con todos los derechos que tenían antes (vanos a todos los efectos se trata de un cambio de dueño y nada mas.
15/09/2014 11:48
Muchas gracias por su respuesta, si como usted dice es un ERTE. Durante estos 5 meses me correspondria paro? y al contratarnos despues esta nueva empresa, si por ejemplo me despidieran al mes de empezar (Dios no quiera) los mismos derechos que tenia antes con la antigua son los años trabajados? es que tengo miedo de que luego la nueva empresa o no nos contrate o nos contraten y despidan pagandonos nada de indemnización. Seria un contrato nuevo no? con la antigüedad de la anterior empresa? muchas gracias
15/09/2014 12:13
No aquí esta el wuiz de la cuestión, no tienen que firmar un nuevo cto, si les ponen a firmar uno descongien y no lo firmen, puede que les respeten la antigüedad pero a lo mejor les cambian Dr convenio a uno mas bajo, mire si les ponen a firmar algo les dicen ustedes que no que quieren llevarse ese documento para que lo vea el sindicato o un abogado en una subrogación, ni se firma nada con la empresa saliente ni con la entrante, como mucho firmaran un comunicado en el que se indique a los trabajadores ese cambio y usted solo esta firmando RL recibí no que este o no de acuerdo.
Mire deben de mirar que se respeten las condiciones que tienen en la actualidad incluso los acuerdos que tengan por ejemplo de como cogen ustedes las vacaciones, cualquier cambio que intente poner la nuevo a dirección argumentando que ellos han absorbido la empresa y que ellos trabajan así, esto sera una modif sustancial de las condiciones laborales art 41 ET y esto es impugnable.
Por otra parte comenta usted que teniendo beneficios si pueden hacer esto del ERTE, si si es que durante los tres trimestres del año pasado obtuvieron mas beneficios que este aunque siguen ganando dinero ganan menos y por tanto si pueden hacerlo pero para controlar esto ya esta el Comité de empresa que seguro impugnaría el ERTE si no fuese acorde a derecho.
Lo dicho en una subrogación no se firma nada y ambas empresas entrante y saliente son responsables solidariamente, esto es que ante cualquier impedimento se demanda a ambas y corresponderán solidariamente, desconfíen de cualquier papel que les pongan a firmar cualquiera de las dos empresas.
15/09/2014 13:08
Es decir, que no firme ningún contrato nuevo, y así si la nueva empresa quiere despedirnos, nos tendran que indemnizar por despido y tendré derecho a la indemnización de los más de 30 años trabajados con la anterior. Es así?
Muchisimas gracias! siento haber sido tan pesado, pero todo esto me supera, y no se porque me da que quieren timar a los trabajadores.
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Ere temporal con cambio de empresa
15/09/2014 11:08
Hola, estoy un poco perdido. Llevo trabajando en la misma empresa más de 30 años. La empresa es una conocida cadena hotelera española de exito. Donde trabajo es de esta cadena hotelera y quieren traspasarla a otra empresa francesa. Lo que no hasn dicho es hacer un ERE temporal de 5 meses, y luego ya nos contratará la nueva empresa. Tengo muchas dudas. Pierdo de esta manera la indemnización por despido si acepto el ERE? la nueva empresa tiene la obligatoriedad de contratarnos? Estos 5 meses cobraría del paro? es mejor que me despidan, me indemnicen y luego si quieren contratarnos la nueva empresa que nos contrate? puede hacer un ERE una cadena hotelera con ganancias? les agradezco su ayuda! muchas gracias
15/09/2014 11:33
Varias cosas, de que estamos hablando? de un ERE o de un ERTE. Entiendo que se trata de un ERTE porque dice usted que en 5 meses pasaran con la nueva empresa.
ERE Expediente de Regulación de Empleo, osea despido.
ERTE Expediente de Regulación Temporal de Empleo, es decir suspensión del cto pero no despido.
En el primer caso es un despido y por tanto la empresa indemniza tmy aquí acaba el vinculo con esta y con la futura empresa.
En el segundo caso no hay despido y por tanto no hay indemnización y luego se puede hacer de dos formas se trabaja medio año y la otra parte se va al paro o bien se realizan ambas cosas se trabaja un tanto % de la jornada de la cual responde salarialmente la empresa y oír la parte de jornada que no se realiza se cobra desempleo y cuando venga la nueva empresa se ponen nuevamente a hornada completa pero al ser subrogación no hay indemnización simplemente pasan a la nueva empresa con todos los derechos que tenían antes (vanos a todos los efectos se trata de un cambio de dueño y nada mas.
15/09/2014 11:48
Muchas gracias por su respuesta, si como usted dice es un ERTE. Durante estos 5 meses me correspondria paro? y al contratarnos despues esta nueva empresa, si por ejemplo me despidieran al mes de empezar (Dios no quiera) los mismos derechos que tenia antes con la antigua son los años trabajados? es que tengo miedo de que luego la nueva empresa o no nos contrate o nos contraten y despidan pagandonos nada de indemnización. Seria un contrato nuevo no? con la antigüedad de la anterior empresa? muchas gracias
15/09/2014 12:13
No aquí esta el wuiz de la cuestión, no tienen que firmar un nuevo cto, si les ponen a firmar uno descongien y no lo firmen, puede que les respeten la antigüedad pero a lo mejor les cambian Dr convenio a uno mas bajo, mire si les ponen a firmar algo les dicen ustedes que no que quieren llevarse ese documento para que lo vea el sindicato o un abogado en una subrogación, ni se firma nada con la empresa saliente ni con la entrante, como mucho firmaran un comunicado en el que se indique a los trabajadores ese cambio y usted solo esta firmando RL recibí no que este o no de acuerdo.
Mire deben de mirar que se respeten las condiciones que tienen en la actualidad incluso los acuerdos que tengan por ejemplo de como cogen ustedes las vacaciones, cualquier cambio que intente poner la nuevo a dirección argumentando que ellos han absorbido la empresa y que ellos trabajan así, esto sera una modif sustancial de las condiciones laborales art 41 ET y esto es impugnable.
Por otra parte comenta usted que teniendo beneficios si pueden hacer esto del ERTE, si si es que durante los tres trimestres del año pasado obtuvieron mas beneficios que este aunque siguen ganando dinero ganan menos y por tanto si pueden hacerlo pero para controlar esto ya esta el Comité de empresa que seguro impugnaría el ERTE si no fuese acorde a derecho.
Lo dicho en una subrogación no se firma nada y ambas empresas entrante y saliente son responsables solidariamente, esto es que ante cualquier impedimento se demanda a ambas y corresponderán solidariamente, desconfíen de cualquier papel que les pongan a firmar cualquiera de las dos empresas.
15/09/2014 13:08
Es decir, que no firme ningún contrato nuevo, y así si la nueva empresa quiere despedirnos, nos tendran que indemnizar por despido y tendré derecho a la indemnización de los más de 30 años trabajados con la anterior. Es así?
Muchisimas gracias! siento haber sido tan pesado, pero todo esto me supera, y no se porque me da que quieren timar a los trabajadores.