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ere

9 Comentarios
 
Ere
21/05/2012 11:10
Buenos días.
La duda que planteo se refiere a una mujer que trabaja en una empresa que acaba de anunciar a sus trabajadores que va a llevar a cabo un ere. Si está en situación de reducción de jornada por maternidad, ¿le puede afectar ese expediente o también en este caso se vería amparada por su "protección especial" y por lo tanto en caso de que le llegara a afectar se le estaría vulnerando su ganatía de indemnidad?
Muchas gracias por vuestra ayuda.
21/05/2012 13:38
¿Su garantía de indemnidad?

Veamos:

El/la trabajador/a que se encuentra en situación de reducción de jornada por guarda legal, ¿Puede verse afectado por una situación de ERE de suspensión de contratos de trabajo o de reducción de jornada? Por supuesto, ahora bien, siempre y cuando la causa real por la cual dicho trabajador ha sido incluido en la relación de trabajadores afectados sea por causas objetivas. En su defecto, el trabajador que se vea incluido en situación de ERE por encontrarse en situación de reducción de jornada, éste, el trabajador, podrá apelar o demandar ante el juzgado de lo social por la nulidad del procedimiento. Para ello no es preciso tramitar procedimiento extrajudicial, directamente se recurre ante el juzgado de lo social.
21/05/2012 13:56
De todos modos, puntualizar que en el acuerdo del periodo de consultas se suelen estipular unas garantías de preferencia de permanencia para este tipo de trabajadores.
21/05/2012 14:22
Entiendo. Y si llegara a estar incluida, tratándose de una suspensión temporal del contrato, ¿deberían indemnizarla igualmente (aunque no se tratara de un despido) con los 20 días por año? Y al reincorporarse supongo que siendo una suspensión se le mantendrían idénticas condiciones contractuales y se respetaría la antigüedad, ¿no?
Muchas gracias por tu ayuda mlag.
21/05/2012 14:29
¿Indemnizar? No. ¿Por qué? porque estamos ante una suspensión del contrato de trabajo no ante una extinción...

Las condicines contractuales no se han de ver afectadas de ningún modo, y por ello, por supuesto que mantendría su antigüedad.
21/05/2012 14:32
Entiendo. Y si llegara a estar incluida, tratándose de una suspensión temporal del contrato, ¿deberían indemnizarla igualmente (aunque no se tratara de un despido) con los 20 días por año? Y al reincorporarse supongo que siendo una suspensión se le mantendrían idénticas condiciones contractuales y se respetaría la antigüedad, ¿no?
Muchas gracias por tu ayuda mlag.
21/05/2012 14:33
Perdón, se me ha colado el mismo mensaje anterior.
Muchas gracias de nuevo, me queda todo muy claro.
23/05/2012 13:50
Y aún otra duda: si fuera una de las elegidas, ¿deberían liquidarle la parte proporcional de las pagas extras devengadas hasta la fecha de la suspensión del contrato y las vacaciones devengadas y no disfrutadas? Porque sinó todo eso se perdería, ¿no?
Muchas gracias una vez más.
23/05/2012 15:29
Durante dicha situación de ERE no se devengará, ni la parte proporcional de las gratificaciones extraordinarias ni la parte proporcional del periodo vacacional, pero, hasta que dicha situación entre en vigor, no solo habrá devengado tales derecho sino que además debe percibirlos.
23/05/2012 16:41
Lo que suponía. Gracias.
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21/05/2012 11:10
Buenos días.
La duda que planteo se refiere a una mujer que trabaja en una empresa que acaba de anunciar a sus trabajadores que va a llevar a cabo un ere. Si está en situación de reducción de jornada por maternidad, ¿le puede afectar ese expediente o también en este caso se vería amparada por su "protección especial" y por lo tanto en caso de que le llegara a afectar se le estaría vulnerando su ganatía de indemnidad?
Muchas gracias por vuestra ayuda.
21/05/2012 13:38
¿Su garantía de indemnidad?

Veamos:

El/la trabajador/a que se encuentra en situación de reducción de jornada por guarda legal, ¿Puede verse afectado por una situación de ERE de suspensión de contratos de trabajo o de reducción de jornada? Por supuesto, ahora bien, siempre y cuando la causa real por la cual dicho trabajador ha sido incluido en la relación de trabajadores afectados sea por causas objetivas. En su defecto, el trabajador que se vea incluido en situación de ERE por encontrarse en situación de reducción de jornada, éste, el trabajador, podrá apelar o demandar ante el juzgado de lo social por la nulidad del procedimiento. Para ello no es preciso tramitar procedimiento extrajudicial, directamente se recurre ante el juzgado de lo social.
21/05/2012 13:56
De todos modos, puntualizar que en el acuerdo del periodo de consultas se suelen estipular unas garantías de preferencia de permanencia para este tipo de trabajadores.
21/05/2012 14:22
Entiendo. Y si llegara a estar incluida, tratándose de una suspensión temporal del contrato, ¿deberían indemnizarla igualmente (aunque no se tratara de un despido) con los 20 días por año? Y al reincorporarse supongo que siendo una suspensión se le mantendrían idénticas condiciones contractuales y se respetaría la antigüedad, ¿no?
Muchas gracias por tu ayuda mlag.
21/05/2012 14:29
¿Indemnizar? No. ¿Por qué? porque estamos ante una suspensión del contrato de trabajo no ante una extinción...

Las condicines contractuales no se han de ver afectadas de ningún modo, y por ello, por supuesto que mantendría su antigüedad.
21/05/2012 14:32
Entiendo. Y si llegara a estar incluida, tratándose de una suspensión temporal del contrato, ¿deberían indemnizarla igualmente (aunque no se tratara de un despido) con los 20 días por año? Y al reincorporarse supongo que siendo una suspensión se le mantendrían idénticas condiciones contractuales y se respetaría la antigüedad, ¿no?
Muchas gracias por tu ayuda mlag.
21/05/2012 14:33
Perdón, se me ha colado el mismo mensaje anterior.
Muchas gracias de nuevo, me queda todo muy claro.
23/05/2012 13:50
Y aún otra duda: si fuera una de las elegidas, ¿deberían liquidarle la parte proporcional de las pagas extras devengadas hasta la fecha de la suspensión del contrato y las vacaciones devengadas y no disfrutadas? Porque sinó todo eso se perdería, ¿no?
Muchas gracias una vez más.
23/05/2012 15:29
Durante dicha situación de ERE no se devengará, ni la parte proporcional de las gratificaciones extraordinarias ni la parte proporcional del periodo vacacional, pero, hasta que dicha situación entre en vigor, no solo habrá devengado tales derecho sino que además debe percibirlos.
23/05/2012 16:41
Lo que suponía. Gracias.