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Error en la redacción del contrato

1 Comentarios
 
Error en la redacción del contrato
24/09/2017 13:06
Buenos días.
El contrato que firmé con fecha 6 de octubre de 2014 (con inicio del arrendamiento el 1 de noviembre) tiene una claúsula que dice que "el presente contrato se regirá por la LAU 29/1994 y, en su defecto, por lo previsto en este contrato", en cuyo caso si está obligado a los 5 años.
El propietario me dice que fue un error de redacción (un corta y pega) porque la ley aplicable a la firma del contrato es la Ley 4/2013 de 6 de junio de modificación de la LAU, y por ello considera que sólo está obligado a 3 años.
Pero,aún siendo un error, considero que es al ser firmado por ambas partes rige lo dispuesto en ese contrato. ¿Tendría alguna consecuencia favorable para mí en un hipotético juicio?
Gracias. Un saludo.
24/09/2017 17:06
Ocabel
Para estar totalmente seguros habría que leer el contrato, pero en principio no parece que haya error alguno: la Ley 4/2013 no es una "nueva" LAU sino simplemente una norma con rango de Ley que modifica la LAU94. Por tanto, cuando el contrato se refiere a la LAU94 no se está refiriendo a la versión de la LAU94 que existía antes de la promulgación de la Ley 4/2013, sino a la única LAU94 que existe.
Por tanto, rige la redacción vigente en el momento de redactar el contrato, es decir, la de 2013 y consecuentemente su casero lleva razón: el contrato dura como mucho 3 años.
Error en la redacción del contrato | PorticoLegal
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Error en la redacción del contrato
24/09/2017 13:06
Buenos días.
El contrato que firmé con fecha 6 de octubre de 2014 (con inicio del arrendamiento el 1 de noviembre) tiene una claúsula que dice que "el presente contrato se regirá por la LAU 29/1994 y, en su defecto, por lo previsto en este contrato", en cuyo caso si está obligado a los 5 años.
El propietario me dice que fue un error de redacción (un corta y pega) porque la ley aplicable a la firma del contrato es la Ley 4/2013 de 6 de junio de modificación de la LAU, y por ello considera que sólo está obligado a 3 años.
Pero,aún siendo un error, considero que es al ser firmado por ambas partes rige lo dispuesto en ese contrato. ¿Tendría alguna consecuencia favorable para mí en un hipotético juicio?
Gracias. Un saludo.
24/09/2017 17:06
Ocabel
Para estar totalmente seguros habría que leer el contrato, pero en principio no parece que haya error alguno: la Ley 4/2013 no es una "nueva" LAU sino simplemente una norma con rango de Ley que modifica la LAU94. Por tanto, cuando el contrato se refiere a la LAU94 no se está refiriendo a la versión de la LAU94 que existía antes de la promulgación de la Ley 4/2013, sino a la única LAU94 que existe.
Por tanto, rige la redacción vigente en el momento de redactar el contrato, es decir, la de 2013 y consecuentemente su casero lleva razón: el contrato dura como mucho 3 años.