Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Error médico ¿denunciable?

3 Comentarios
 
Error médico ¿denunciable?
29/05/2014 19:59
Hola, mi padre se sometió a una operación la semana pasada por un tumor en la cara, pero al realizarle la traqueostomía con el bisturí eléctrico se produjo un incendio que le quemó las vías respiratorias, hasta el tubo orotraqueal quedó ennegrecido e inhaló sustancias tóxicas, como consecuencia poco después del accidente entró en paradas cardiacas durante una hora; además mi padre sufría de problemas de circulación en una pierna (pero hacía vida normal) y a raiz de los infartos, días después tuvieron que amputarle la pierna.
Ahora tenemos que esperar varias semanas para que le operen del tumor de la cara (que es a lo que iba).
Agradecería saber que posibilidades tenemos de recibir indemnización por los daños y secuelas producidas, ya que mi padre con 54 años, tendrá problemas de corazón, repiratorios incluso y queda incapacitado para trabajar.
Un saludo
30/05/2014 11:55
Siento no poder ser más precisa pero espero que las indicaciones que le de le sirvan para empezar a mover el asunto de la indemnización.

Antes que nada, siento mucho lo que le ha pasado a su padre, es increible cómo se pueden complicar las cosas...

Respecto a la indemnización, para calcularla sería preciso, en primer lugar el informe del médico forense o de un perito médico experto en valoración del daño. Estos profesionales harán una revisión a su padre cuando alcance la sanidad de sus secuelas, es decir, cuando ya no pueda mejorar más, es lo que en derecho se conoce como "estabilidad lesional".

Para valorar el estado de las lesiones y secuelas de su padre, el médico tendrá que estudiar la documentación médica (días de hospitalización, días impeditivos y días no impeditivos), los daños que le han provocado y las secuelas que le vayan a quedar. La amputación de la pierna también se valorará.

Tras el examen de la documentación y del paciente, los médicos realizan una valoración del estado lesional del paciente y van valorando cada cosa con puntos. Un punto vale X euros, por lo que al final se podrá saber qué indemnización le corresponde. Se aplican factores correctores, como la posibilidad de que las lesiones impidan a su padre ejercer su profesión habitual, también se aplican factores de corrección en función de la edad del paciente y demás.

Espero haberle servido de orientación, al menos. Reciba un saludo, quedo a su disposición

Ar.Abogada, Alicante
http://goo.gl/T6kHgM
30/05/2014 14:38
Siento lo que le ha pasado a su padre.
Lo primero que debe hacer, es recabar a través de atención al paciente, todo el historial médico de su padre y, cuando le den el alta, el posterior (que seguramente, ya habrán apañado a conveniencia). Es importante que espere al alta para saber desde cuándo empieza el cómputo de los plazos de reclamación (1 año) y también para que las posibles secuelas queden estabilizadas para poder valorarlas adecuadamente.
Ahi, le conviene llevar dos peritaciones, una de especialista para determinar la posible negligencia médica (de existir) y un valorador médico del daño corporal. Además, podría existir la posibilidad de una tercera peritación, la del instrumento (bisturí electrico). En su momento, tendrá que solicitar (mejor que hable con un abogado para que lo redacte), información sobre el aparato, modelo, verificación, etc.
Tras todo ello, deberá solicitar en via administrativa previa, la reclamación y si quiere, la posible indemnización y si como hacen prácticamente siempre, pasan de Vd., tendrá que acudir a la via judicial. Le aconsejo que la reclamación previa, se la haga un abogado porque los errores que cometa ahi si la redacta Vd., los arrastrará al procedimiento judicial ya que el escrito formará parte del expediente administrativo y éste, se incorporará al expediente judicial. Si la reclamación es contra la administración pública sanitaria, se hará en via contencioso-administrativa, si es sanidad privada, en vía civil. Un saludo.
30/05/2014 14:39
Ojo, el fabricante del aparato, podría ser también responsable de lo sucedido. Un saludo.
Error médico ¿denunciable? | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Error médico ¿denunciable?

3 Comentarios
 
Error médico ¿denunciable?
29/05/2014 19:59
Hola, mi padre se sometió a una operación la semana pasada por un tumor en la cara, pero al realizarle la traqueostomía con el bisturí eléctrico se produjo un incendio que le quemó las vías respiratorias, hasta el tubo orotraqueal quedó ennegrecido e inhaló sustancias tóxicas, como consecuencia poco después del accidente entró en paradas cardiacas durante una hora; además mi padre sufría de problemas de circulación en una pierna (pero hacía vida normal) y a raiz de los infartos, días después tuvieron que amputarle la pierna.
Ahora tenemos que esperar varias semanas para que le operen del tumor de la cara (que es a lo que iba).
Agradecería saber que posibilidades tenemos de recibir indemnización por los daños y secuelas producidas, ya que mi padre con 54 años, tendrá problemas de corazón, repiratorios incluso y queda incapacitado para trabajar.
Un saludo
30/05/2014 11:55
Siento no poder ser más precisa pero espero que las indicaciones que le de le sirvan para empezar a mover el asunto de la indemnización.

Antes que nada, siento mucho lo que le ha pasado a su padre, es increible cómo se pueden complicar las cosas...

Respecto a la indemnización, para calcularla sería preciso, en primer lugar el informe del médico forense o de un perito médico experto en valoración del daño. Estos profesionales harán una revisión a su padre cuando alcance la sanidad de sus secuelas, es decir, cuando ya no pueda mejorar más, es lo que en derecho se conoce como "estabilidad lesional".

Para valorar el estado de las lesiones y secuelas de su padre, el médico tendrá que estudiar la documentación médica (días de hospitalización, días impeditivos y días no impeditivos), los daños que le han provocado y las secuelas que le vayan a quedar. La amputación de la pierna también se valorará.

Tras el examen de la documentación y del paciente, los médicos realizan una valoración del estado lesional del paciente y van valorando cada cosa con puntos. Un punto vale X euros, por lo que al final se podrá saber qué indemnización le corresponde. Se aplican factores correctores, como la posibilidad de que las lesiones impidan a su padre ejercer su profesión habitual, también se aplican factores de corrección en función de la edad del paciente y demás.

Espero haberle servido de orientación, al menos. Reciba un saludo, quedo a su disposición

Ar.Abogada, Alicante
http://goo.gl/T6kHgM
30/05/2014 14:38
Siento lo que le ha pasado a su padre.
Lo primero que debe hacer, es recabar a través de atención al paciente, todo el historial médico de su padre y, cuando le den el alta, el posterior (que seguramente, ya habrán apañado a conveniencia). Es importante que espere al alta para saber desde cuándo empieza el cómputo de los plazos de reclamación (1 año) y también para que las posibles secuelas queden estabilizadas para poder valorarlas adecuadamente.
Ahi, le conviene llevar dos peritaciones, una de especialista para determinar la posible negligencia médica (de existir) y un valorador médico del daño corporal. Además, podría existir la posibilidad de una tercera peritación, la del instrumento (bisturí electrico). En su momento, tendrá que solicitar (mejor que hable con un abogado para que lo redacte), información sobre el aparato, modelo, verificación, etc.
Tras todo ello, deberá solicitar en via administrativa previa, la reclamación y si quiere, la posible indemnización y si como hacen prácticamente siempre, pasan de Vd., tendrá que acudir a la via judicial. Le aconsejo que la reclamación previa, se la haga un abogado porque los errores que cometa ahi si la redacta Vd., los arrastrará al procedimiento judicial ya que el escrito formará parte del expediente administrativo y éste, se incorporará al expediente judicial. Si la reclamación es contra la administración pública sanitaria, se hará en via contencioso-administrativa, si es sanidad privada, en vía civil. Un saludo.
30/05/2014 14:39
Ojo, el fabricante del aparato, podría ser también responsable de lo sucedido. Un saludo.