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error valor catastral en AEAT

1 Comentarios
 
Error valor catastral en aeat
09/05/2003 23:47
la AEAT ha atribuido un valor catastral inferior de 1800 E, a una vivienda, cuando en el catastro es superior el valor en esa cantidad. ¿es recomendable corregir los valores?¿en que Admón supone el que corregirla repercuta en mi beneficio?
y si sabeis ¿que supone para el IRPF esta cuestion?
17/06/2003 21:39
La AEAT no atribuye valores catastrales, solo informa de aquellos datos que le proporciona el Catastro, por lo tanto, el error sería de este Organismo, ya que en el volcado infórmatico de datos son casi nulos los errores.
Dependiendo de si la vivienda es la suya habitual, o no, podría tener trascendencia en su declaración de renta. Si no lo fuera, tendría que imputarse una renta del 1,1% o 2% del valor catastral de la vivienda, o del 50% del valor de adquisición caso de no tener aplicado valor catastral, dependiendo los porcentajes de que los valores estén revisados, o no, a partir de 1994, respectivamente.
Si tuviera arrendado el inmueble no incidiría para nada el valor catastral, salvo el importe del IBI.

Saludos.
error valor catastral en AEAT | PorticoLegal
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Error valor catastral en aeat
09/05/2003 23:47
la AEAT ha atribuido un valor catastral inferior de 1800 E, a una vivienda, cuando en el catastro es superior el valor en esa cantidad. ¿es recomendable corregir los valores?¿en que Admón supone el que corregirla repercuta en mi beneficio?
y si sabeis ¿que supone para el IRPF esta cuestion?
17/06/2003 21:39
La AEAT no atribuye valores catastrales, solo informa de aquellos datos que le proporciona el Catastro, por lo tanto, el error sería de este Organismo, ya que en el volcado infórmatico de datos son casi nulos los errores.
Dependiendo de si la vivienda es la suya habitual, o no, podría tener trascendencia en su declaración de renta. Si no lo fuera, tendría que imputarse una renta del 1,1% o 2% del valor catastral de la vivienda, o del 50% del valor de adquisición caso de no tener aplicado valor catastral, dependiendo los porcentajes de que los valores estén revisados, o no, a partir de 1994, respectivamente.
Si tuviera arrendado el inmueble no incidiría para nada el valor catastral, salvo el importe del IBI.

Saludos.