Hola que tal. Preguntaros si en un edificio en el que viven 8 vecinos es obligatorio por ley tener creada legalmente una comunidad de vecinos. También saber lo mismo con el seguro del edificio. Y si podrían denunciarnos por ello.
La comunidad existe, otra cosa es que no le hayan dado forma legal, obteniendo NIF, teniendo un libro de actas, etc. Y a partir de ahí, junta anual, presidente, presupuestos y cuentas anuales, como mínimo.
art.13.8 LPH 8. Cuando el número de propietarios de viviendas o locales en un edificio no exceda de cuatro podrán acogerse al régimen de administración del artículo 398 del Código Civil, si expresamente lo establecen los estatutos. o sea que debería estar formalizada el seguro en las mayorias de Comunidades autónomas de España no es obligatorio denunciarles no les va a denunciar nadie, pero ya nos dira como funciona su edificio en que cuenta tienen el dinero de la comunidad? como pagan la luz de la escalera?