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¿Es posible que cuando mi niña cumpla siete años, él puede pedir la custodia y que tendríamos que irnos de la vivienda?.

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      • Tema: ¿es posible que cuando mi niña cumpla siete años, él puede pedir la custodia y que tendríamos que irnos de la vivienda?.
6 Comentarios
 
25/10/2010 21:57
Gracias por vuestros comentarios.
25/10/2010 15:44
Como ser posible...es posible q le de por tocarte las narices durante el resto de su vida...como q consiga algo pues de momento ponerte de los nervios cabrearte y todos esos lindos improperios aparte de q te tocara gastarte una pasta en abogados...El dira q las circustancias han cambiado y tu encima tendras q demostrar q es mentira.Mas q nada es q estoy pasando algo parecido con la modificacion y el se empeño con q a los 10 años mi hija se iria con el y con esas ha salido
suerte
25/10/2010 10:26
PulpoPaul

Se agradece un poco de humor en estas circunstancias XDDD
Un saludo
24/10/2010 23:42
Es un familiar mío que me lo ha comentado con buena intención, al cual se lo habían dicho e él, quería quee stuviera al tanto por esto que os digo, pero yo misma le he contestado, más o menos, lo que me habéis respondido, porque tampoco encontraba nada lógico, tema edad, etc., ¡ muchas gracias por vuestras respuestas!.
24/10/2010 23:38
Ainna, NO hay base legal alguna para hacer esas afirmaciones, los cambios en la sentencia/convenio de divorcio sólo se producen cuando han variado sustancialmente las circunstancias y entre esos cambios sustanciales no está el hecho de que la niña cumpla 7 años para ser motivo de cambio de custodia o expulsión de la vivienda donde habita la menor. Si su ex fundamenta de esta manera una demanda de modificación de medidas la va a perder no digo seguro, si existe la posibilidad de que las vacas vuelen es en este país, pero casi seguro que antes veo a un chancho en el aeropuerto señalizando la zona de parking a la vaca, después de aterrizar. Desde luego las personas que le han dicho eso o tienen muy mala leche o una imaginación muy fértil.

Un saludo
24/10/2010 23:24
Buenas noches,
no se preocupe porque lo que le han dicho no tiene ninguna base legal.
El padre puede pedir una modificacion del convenio pidiendo la guarda y custodia para él en cualquier momento pero si usted no a incumplido sus obligaciones como custodia y su hija esta bien atendida no le condecederán la custodia. Y menos si él se la cedio de mutuo acuerdo.
La edad del menor no cuenta hasta los 13 mas o menos que es cuando el juez los escucha y tiene en cuenta la opinion del menor.
¿es posible que cuando mi niña cumpla siete años, él puede pedir la custodia y que tendríamos que irnos de la vivienda?.
24/10/2010 22:53
Estoy divorciada, mediante un convenio de mutuo acuerdo, tengo la custodia de mi hija de cinco años, y la vivienda en la que habitamos está a nombre de mi ex-marido ( a pesar de haber convivido juntos desde prácticamente el principio y participar en ésta ).
Me han dicho, que cuando mi niña cumpla siete años, él puede pedir la custodia y que tendríamos que irnos de la vivienda en donde residimos.
¿Es esto así?, ¿qué tiene que ver esa edad?, yo creo que si las circunstancias no han cambiado, no creo que un juez estipule ahora lo contrario; También pienso que una modificación de medidas se pueden hacer en cualquier momento, otra cosa es que se concedan; ¿Qué hay de cierto en esto?, ¿hay alguna sentencia que haya creado jurisprudencia al respecto?.
Gracias y saludos.
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25/10/2010 21:57
Gracias por vuestros comentarios.
25/10/2010 15:44
Como ser posible...es posible q le de por tocarte las narices durante el resto de su vida...como q consiga algo pues de momento ponerte de los nervios cabrearte y todos esos lindos improperios aparte de q te tocara gastarte una pasta en abogados...El dira q las circustancias han cambiado y tu encima tendras q demostrar q es mentira.Mas q nada es q estoy pasando algo parecido con la modificacion y el se empeño con q a los 10 años mi hija se iria con el y con esas ha salido
suerte
25/10/2010 10:26
PulpoPaul

Se agradece un poco de humor en estas circunstancias XDDD
Un saludo
24/10/2010 23:42
Es un familiar mío que me lo ha comentado con buena intención, al cual se lo habían dicho e él, quería quee stuviera al tanto por esto que os digo, pero yo misma le he contestado, más o menos, lo que me habéis respondido, porque tampoco encontraba nada lógico, tema edad, etc., ¡ muchas gracias por vuestras respuestas!.
24/10/2010 23:38
Ainna, NO hay base legal alguna para hacer esas afirmaciones, los cambios en la sentencia/convenio de divorcio sólo se producen cuando han variado sustancialmente las circunstancias y entre esos cambios sustanciales no está el hecho de que la niña cumpla 7 años para ser motivo de cambio de custodia o expulsión de la vivienda donde habita la menor. Si su ex fundamenta de esta manera una demanda de modificación de medidas la va a perder no digo seguro, si existe la posibilidad de que las vacas vuelen es en este país, pero casi seguro que antes veo a un chancho en el aeropuerto señalizando la zona de parking a la vaca, después de aterrizar. Desde luego las personas que le han dicho eso o tienen muy mala leche o una imaginación muy fértil.

Un saludo
24/10/2010 23:24
Buenas noches,
no se preocupe porque lo que le han dicho no tiene ninguna base legal.
El padre puede pedir una modificacion del convenio pidiendo la guarda y custodia para él en cualquier momento pero si usted no a incumplido sus obligaciones como custodia y su hija esta bien atendida no le condecederán la custodia. Y menos si él se la cedio de mutuo acuerdo.
La edad del menor no cuenta hasta los 13 mas o menos que es cuando el juez los escucha y tiene en cuenta la opinion del menor.
¿es posible que cuando mi niña cumpla siete años, él puede pedir la custodia y que tendríamos que irnos de la vivienda?.
24/10/2010 22:53
Estoy divorciada, mediante un convenio de mutuo acuerdo, tengo la custodia de mi hija de cinco años, y la vivienda en la que habitamos está a nombre de mi ex-marido ( a pesar de haber convivido juntos desde prácticamente el principio y participar en ésta ).
Me han dicho, que cuando mi niña cumpla siete años, él puede pedir la custodia y que tendríamos que irnos de la vivienda en donde residimos.
¿Es esto así?, ¿qué tiene que ver esa edad?, yo creo que si las circunstancias no han cambiado, no creo que un juez estipule ahora lo contrario; También pienso que una modificación de medidas se pueden hacer en cualquier momento, otra cosa es que se concedan; ¿Qué hay de cierto en esto?, ¿hay alguna sentencia que haya creado jurisprudencia al respecto?.
Gracias y saludos.