Me gustaría saber si sería legalmente posible y viable tener nomina de una empresa en la que se es socio así como saber donde puedo conseguir información sobre este tema. Si fuera posible, ¿ la persona puede recibir nomina y pagar autonomos? Creo que es una pregunta un poco compleja y no lo tengo nada claro.
Aunque no dices ni que participación tiene el socio ni en que consiste el trabajo que realiza para la empresa de la que es socio, en general, si puedo decirte que, si presta sus servicios en la empresa, por supuesto que tiene derecho a recibir salarios y que estos se reflejen en una nómina. Luego, en función de la participación que tenga y si ocupa o no cargo de dirección y gerencia, podrá estar encuadrado en régimen general común, regímen general con exclusión de contingencias (sin derecho a paro ni fogasa) o en régimen especial de autónomos. Por último, el que esté encuadrado en autónomos no impide que tenga su nómina por el trabajo que desarrolla en la empresa. Un saludo
Es un estudio de arquitectura y de los cuatro socios el es el que lleva el negocio, trabajando en el estudio. El resto son socios, colaboran y ayudan con los proyectos pero no trabajan en el estudio. Como siempre ha trabajado como colaborador, esta en el regimen autonomo.