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escito de personación

6 Comentarios
 
14/11/2006 17:35
ac37, si tú lo dices será así, puesto que desconozco el estatuto de los procuradores, por otro lado, el que los juzgados se emocionen y pidan chorradas es algo normal, puesto que a mí también era la primera vez que veía eso.
14/11/2006 17:29
Ignorando el anterior mensaje -q debería ser borrado por el administrador- en el estatuto de los procuradores no aparece por ninguna parte obligación alguna de otorgar venia. Además el art. 30 Lec habla de revocación expresa o tácita.
Hay q tener en cta q en algunos juzgados se ignora este tipo de cosas, lo q no voy a valorar. Saludos¡
14/11/2006 15:15
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
















































...en los güebos"!!!!!
14/11/2006 13:55
sip, a mí me han requerido hace 1 semana para aportar venia de letrado y procurador (asunto en el que requieren por 3 días al imputado para designar abogado y procurador, presento el escrito el día 4º y el juzgado les ha nombrado abogado y procurador de oficio).

y dentro de las curiosidades, dentro de los administradores de fincas también hace falta venia.
14/11/2006 13:22
¿Hace falta venia entre procuradores? Lo ignoraba.
14/11/2006 11:37
si estás en el poder puedes personarte conforme al poder que se aportó en la demanda y si no lo estás, personarte y solicitar apud acta para que te apodere.
por otro lado, tienes que aportar el escrito de venia de tu anterior compañero.
Escito de personación
13/11/2006 18:17
Voy a sustituir a un procurador que ya ha presentado la demanda, como nuevo procurador del procedimiento tengo que presentar el escrito de personación con el poder original en el que me apoderan?qué tengo exactamente que poner en el escrito de personación para que el resto de las actuaciones se me notifiquen a mí?
Gracias por adelantado.
escito de personación | PorticoLegal
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14/11/2006 17:35
ac37, si tú lo dices será así, puesto que desconozco el estatuto de los procuradores, por otro lado, el que los juzgados se emocionen y pidan chorradas es algo normal, puesto que a mí también era la primera vez que veía eso.
14/11/2006 17:29
Ignorando el anterior mensaje -q debería ser borrado por el administrador- en el estatuto de los procuradores no aparece por ninguna parte obligación alguna de otorgar venia. Además el art. 30 Lec habla de revocación expresa o tácita.
Hay q tener en cta q en algunos juzgados se ignora este tipo de cosas, lo q no voy a valorar. Saludos¡
14/11/2006 15:15
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14/11/2006 13:55
sip, a mí me han requerido hace 1 semana para aportar venia de letrado y procurador (asunto en el que requieren por 3 días al imputado para designar abogado y procurador, presento el escrito el día 4º y el juzgado les ha nombrado abogado y procurador de oficio).

y dentro de las curiosidades, dentro de los administradores de fincas también hace falta venia.
14/11/2006 13:22
¿Hace falta venia entre procuradores? Lo ignoraba.
14/11/2006 11:37
si estás en el poder puedes personarte conforme al poder que se aportó en la demanda y si no lo estás, personarte y solicitar apud acta para que te apodere.
por otro lado, tienes que aportar el escrito de venia de tu anterior compañero.
Escito de personación
13/11/2006 18:17
Voy a sustituir a un procurador que ya ha presentado la demanda, como nuevo procurador del procedimiento tengo que presentar el escrito de personación con el poder original en el que me apoderan?qué tengo exactamente que poner en el escrito de personación para que el resto de las actuaciones se me notifiquen a mí?
Gracias por adelantado.