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escritura dacion en pago

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Escritura dacion en pago
18/07/2014 20:13
es una escritura de dacion en la firmare la semana q viene y esta parte no la entiendo,alguien me lo explica por favor?


SEPTIMA.- Cuanto se pacta en esta escritura queda sometido a la CONDICION SUSPENSIVA de que en el plazo
de cuatro meses se inscriba en el Registro de la Propiedad sin más cargas, gravámenes o limitaciones que las descritas en el apartado de cargas, con excepción de las afecciones de carácter fiscal.

No obstante, pasados los cuatro meses sin haberse efectuado la inscripción en el Registro de la Propiedad en las condiciones indicadas, el Banco podrá, por sí solo, dejar sin efecto dicha condición suspensiva, si así le interesara, para lo cual será suficiente con que así se lo notifique mediante telegrama o burofax con acuse de recibo al cedente al
domicilio que figura más arriba, sin que se requiera la recepción efectiva por parte de éste.




y esta parte,me ha dicho que yo no pago nada pero como lo pone asi tampo lo entiendo


NOVENA.- Todos los gastos, honorarios, e impuestos serán satisfechos según Ley, excepto los gastos notariales que serán a cargo del banco.



y tambien,a donde tengo que ir despues de firmarla
soy de zaragoza

me han dicho que al ayuntamiento a la plusvalia y ya esta y luego el año que viene la declaracion de la renta

es asi,o me faltaria algo?
muchas gracias
escritura dacion en pago | PorticoLegal
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Escritura dacion en pago
18/07/2014 20:13
es una escritura de dacion en la firmare la semana q viene y esta parte no la entiendo,alguien me lo explica por favor?


SEPTIMA.- Cuanto se pacta en esta escritura queda sometido a la CONDICION SUSPENSIVA de que en el plazo
de cuatro meses se inscriba en el Registro de la Propiedad sin más cargas, gravámenes o limitaciones que las descritas en el apartado de cargas, con excepción de las afecciones de carácter fiscal.

No obstante, pasados los cuatro meses sin haberse efectuado la inscripción en el Registro de la Propiedad en las condiciones indicadas, el Banco podrá, por sí solo, dejar sin efecto dicha condición suspensiva, si así le interesara, para lo cual será suficiente con que así se lo notifique mediante telegrama o burofax con acuse de recibo al cedente al
domicilio que figura más arriba, sin que se requiera la recepción efectiva por parte de éste.




y esta parte,me ha dicho que yo no pago nada pero como lo pone asi tampo lo entiendo


NOVENA.- Todos los gastos, honorarios, e impuestos serán satisfechos según Ley, excepto los gastos notariales que serán a cargo del banco.



y tambien,a donde tengo que ir despues de firmarla
soy de zaragoza

me han dicho que al ayuntamiento a la plusvalia y ya esta y luego el año que viene la declaracion de la renta

es asi,o me faltaria algo?
muchas gracias