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Escrituras

5 Comentarios
 
Escrituras
10/04/2009 20:39
Necesito que alguien me asesore.Llevamos dos años esperando que el banco nos de traslado de la primera copia de las escrituras de propiedad, pero no lo hace. ¿Puedo obligarles y cómo, en su caso?
¿Hay alguna diferencia entre la priemra copia de la matriz y una copia autorizada? Muchas gracias.
10/04/2009 22:12
Ninguna.
Si hay hipoteca, probablemente el Banco se ha quedado con la primera copia.
El problema para vosotros, es que, si el Banco se ha encargado de las gestiones, es en la primera copia donde constan los sellos correspondientes a la liquidación de los impuestos de transmisiones, plusvalia e inscripción en el Registro de la Propiedad. Por lo tanto, sí podríais razonarles que, puesto que vosotros lo habeis pagado, se queden ellos con la copia autorizada y vosotros con esa primera copia.

Un saludo.
12/04/2009 15:01
Muchas gracias 1996.
Pero entiendo las escrituras de propiedad no tienen por que estar en sus manos, ¿no? ya que no son propietarios ni otorgantes de esta.
En caso de que no quieran darlas ¿podemos instarles de alguna forma?
Un saludo.
12/04/2009 22:37
Pues, la verdad es que los Bancos si se suelen quedar con una copia de las Escrituras, ya que el bien hipotecado es garante del prestamo que han concedido.
¿Que tienen ó no derecho a tenerlas? Pues podriamos discutirlo largamente los razonamientos en pro y en contra, pero el caso es que suelen hacerlo.
¿Recuerdas entre los multiples papeles que firmaste al solicitar la hipoteca, si en alguno decia, en el apartado nº.... que concedias al Banco el que tuviera (pagada por ti, por supuesto) una copia de la escritura?... pues yo, tampoco.

Mi opinión personal es que, por los 50€ que te ha podido costar, no merece la pena meterte en una guerra.
Cosa distinta, es que la escritura que obra en tu poder, no sea la que te he comentado, con los sellos de haber liquidado transmisiones, plusvalia y registro.

Un saludo.
13/04/2009 19:27
Hola Elisa. Me presento soy Letrado privado o particular y tambien Letrado en el Departamento Hipotecario de un Banco y veo que hay bastantes inexactiudes en todo lo aqui dicho. 1º Creo que hicistes una compra de un piso financiada por un Banco o Caja. Firmaste, salvo que te subrogaras en el prestamo de quien te la vendio, dos escrituras una de compraventa y otra de prestamo hipotecario.
2º El Notario guarda en su archivo(protocolo) la escritura matriz que es la firmasteis todos incluido el notario y de esa Matriz va expidiendo copias segun de lo soliciten.
3º De tu compraventa tuvo que expedir una primera copia autorizada, en esa copia autorizada es donde van los sellos de hacienda de haber pagado el impuesto y del Registro de la Propiedad de estar inscrita a tu nombre.
4º de la Hipoteca tambien expidio una primera copia para la entidad acreedora y con caracter ejecutivo, y al igual que la otra lleva los sellos de hacienda y del Registro de la Propiedad.
Pues bien la escritura de compraventa es tuya y te la tiene que entregar o el Notario o el Banco si es que la tiene, por el hecho de tener un prestamo no quiere decir que la casa es del Banco.
De la escritura de prestamo, esa si es del Banco aunque tu seas el que la hayas pagado. Ya firmaste en la escritura de la hipoteca que todos los gastos, impuestos y.. cuantas copias se expidan seran a tu cargo. Esa primera copia expedida con caracter ejecutivo es la que guarda el Banco para hacerla valer ante el Juez en el caso de que no pagues, pero la de compraventa es tuya. Si no la consigues, puedes pedir una segunda copia a la Notaria y pasarla por hacienda y por el Registro para que le pongan los sellos correspondientes, pero ojo siempre sera una segunda copia y si algun dia la vendes tendras que dar explicaciones al Notario de turno.
13/04/2009 20:25
Muchas gracias.
Efectivamente hemos hablado con el Banco y nos van a devolver las escrituras de propiedad (primera copia autorizada con los sellos del registro y de liquidacion de impuestos)
De la de la hipoteca nos daran una copia simple.
Muchas gracias.
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10/04/2009 20:39
Necesito que alguien me asesore.Llevamos dos años esperando que el banco nos de traslado de la primera copia de las escrituras de propiedad, pero no lo hace. ¿Puedo obligarles y cómo, en su caso?
¿Hay alguna diferencia entre la priemra copia de la matriz y una copia autorizada? Muchas gracias.
10/04/2009 22:12
Ninguna.
Si hay hipoteca, probablemente el Banco se ha quedado con la primera copia.
El problema para vosotros, es que, si el Banco se ha encargado de las gestiones, es en la primera copia donde constan los sellos correspondientes a la liquidación de los impuestos de transmisiones, plusvalia e inscripción en el Registro de la Propiedad. Por lo tanto, sí podríais razonarles que, puesto que vosotros lo habeis pagado, se queden ellos con la copia autorizada y vosotros con esa primera copia.

Un saludo.
12/04/2009 15:01
Muchas gracias 1996.
Pero entiendo las escrituras de propiedad no tienen por que estar en sus manos, ¿no? ya que no son propietarios ni otorgantes de esta.
En caso de que no quieran darlas ¿podemos instarles de alguna forma?
Un saludo.
12/04/2009 22:37
Pues, la verdad es que los Bancos si se suelen quedar con una copia de las Escrituras, ya que el bien hipotecado es garante del prestamo que han concedido.
¿Que tienen ó no derecho a tenerlas? Pues podriamos discutirlo largamente los razonamientos en pro y en contra, pero el caso es que suelen hacerlo.
¿Recuerdas entre los multiples papeles que firmaste al solicitar la hipoteca, si en alguno decia, en el apartado nº.... que concedias al Banco el que tuviera (pagada por ti, por supuesto) una copia de la escritura?... pues yo, tampoco.

Mi opinión personal es que, por los 50€ que te ha podido costar, no merece la pena meterte en una guerra.
Cosa distinta, es que la escritura que obra en tu poder, no sea la que te he comentado, con los sellos de haber liquidado transmisiones, plusvalia y registro.

Un saludo.
13/04/2009 19:27
Hola Elisa. Me presento soy Letrado privado o particular y tambien Letrado en el Departamento Hipotecario de un Banco y veo que hay bastantes inexactiudes en todo lo aqui dicho. 1º Creo que hicistes una compra de un piso financiada por un Banco o Caja. Firmaste, salvo que te subrogaras en el prestamo de quien te la vendio, dos escrituras una de compraventa y otra de prestamo hipotecario.
2º El Notario guarda en su archivo(protocolo) la escritura matriz que es la firmasteis todos incluido el notario y de esa Matriz va expidiendo copias segun de lo soliciten.
3º De tu compraventa tuvo que expedir una primera copia autorizada, en esa copia autorizada es donde van los sellos de hacienda de haber pagado el impuesto y del Registro de la Propiedad de estar inscrita a tu nombre.
4º de la Hipoteca tambien expidio una primera copia para la entidad acreedora y con caracter ejecutivo, y al igual que la otra lleva los sellos de hacienda y del Registro de la Propiedad.
Pues bien la escritura de compraventa es tuya y te la tiene que entregar o el Notario o el Banco si es que la tiene, por el hecho de tener un prestamo no quiere decir que la casa es del Banco.
De la escritura de prestamo, esa si es del Banco aunque tu seas el que la hayas pagado. Ya firmaste en la escritura de la hipoteca que todos los gastos, impuestos y.. cuantas copias se expidan seran a tu cargo. Esa primera copia expedida con caracter ejecutivo es la que guarda el Banco para hacerla valer ante el Juez en el caso de que no pagues, pero la de compraventa es tuya. Si no la consigues, puedes pedir una segunda copia a la Notaria y pasarla por hacienda y por el Registro para que le pongan los sellos correspondientes, pero ojo siempre sera una segunda copia y si algun dia la vendes tendras que dar explicaciones al Notario de turno.
13/04/2009 20:25
Muchas gracias.
Efectivamente hemos hablado con el Banco y nos van a devolver las escrituras de propiedad (primera copia autorizada con los sellos del registro y de liquidacion de impuestos)
De la de la hipoteca nos daran una copia simple.
Muchas gracias.