En una situación de accidente de trabajo, habiendo acudido ya a Tribunal médico y a la espera de que nos comuniquen si han decidido conceder una incapacidad (por tanto de alta administrativa) quien debe pagar el salario la mutua, el inss o de momento nadie hasta que no se determine la incapacidad????
Muchas gracias.
nakar efectivamente el abono de las prestaciones economicas por IT, por contingencia profesional (Accid. de Trabajo), le corresponde a la Mutua que tiene concertada tu empresa para dicha contingencia, y el plazo máximo en este caso, es hasta la Resolución del INSS. Si te declararan algún grado de invalidez, te abonaria a partir de ese momento la seguridad social, pero la cantidad a cobrar, previamente es ingresada por esa Mutua que tenía la cobertura de los accid. de trabajo. Saludos.