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estado expte incapacidad permanente

10 Comentarios
 
Estado expte incapacidad permanente
19/04/2012 11:49
El día 12 de Abril se cumplieron 545 días de mi baja médica y tres semanas antes , el 19 de Marzo, ya me hizo el INSS el correspondiente reconocimiento médico para determinar mi situación. A dicho reconocimiento (como a los anteriores) llevé informes médicos actualizados a la fecha, con los que lógicamente se quedaron. Este martes recibí un sms que dice: "El INSS informa que su reconocimiento de IT se ha resuelto con inicio Incapacidad Permanente". Sin embargo cuando hoy he consultado en la página de la SS el proceso de mi expte. excepto el primer punto, todos los demás salen pendientes. Esto no me extrañaría dado lo reciente del inicio del expte. si no fuera porque en el punto segundo "Emisión del informe médico para determinar la situación clínica de incapacidad" no apareciera lo siguiente: "Pte. de la emisión de nuevo informe médico, por demora de la calificación de la Incapacidad hasta el 1/07/2012".

Por favor alguien puede explicarme esto, significa que en esa fecha tendré que presentar un nuevo informe y que hasta entonces no es seguro que vayan a concederme la IP?. En ese caso en que situación estoy ahora?. Perdonad la extensión y muchas gracias a todos por adelantado.
19/04/2012 12:09

2. Cuando la situación de incapacidad temporal se extinga por el transcurso del plazo de 545 días fijado en el párrafo primero de la letra a del apartado 1 del artículo 128, se examinará necesariamente, en el plazo máximo de tres meses, el estado del incapacitado a efectos de su calificación, en el grado de incapacidad permanente que corresponda.
19/04/2012 12:27
Viene a decir, que te toca esperar hasta el 1 de Julio de este año.
Tu no tienes que presentar ningún informe, a no ser que de otro sitio (Seg Social, Privado...) te den alguno y sea muy importante para el expediente.
Saludos
19/04/2012 17:37
Gracias por vuestras respuestas, pero como mi empresa acogiéndose a la ley ha dejado de cotizar por mí el mismo día 12 de Abril y la incapacidad no se va a resolver hasta julio, me gustaría saber si va a seguir pagándome la Mutua como hasta ahora o si tengo que hacer yo algún trámite para que me paguen. Por otro lado el día 1 de Junio se me acaba el contrato de trabajo con mi empresa y dada esta nueva situación quisiera saber si puedo acceder al paro o si a esos efectos se considera que sigo de baja médica y no puedo hacerlo hasta que todo se resuelva. Muchas gracias de nuevo.
20/04/2012 01:03
hola contra nos puedes decir desde cuando estas de baja y por que razon?gracias.
20/04/2012 09:54
Estoy de baja por enfermedad (no por accidente laboral o de otro tipo) desde Octubre de 2010.
23/04/2012 10:33
Si alguien puede contestarme a mi pregunta anterior lo agradecería: Voy a cesar en mi empresa el 1 de Junio, pero mi expediente de incapacidad permantente todavía no se habrá resuelto en esa fecha. Qué sucede con el paro, tengo que pedirlo en ese momento o se considera que sigo de baja médica y podré hacerlo si finalmente no me conceden la incapacidad permanente?. Muchas gracias.
23/04/2012 13:09
hola contra me parece que tendrias que pedir a la mutua el pago directo cuando ceses en la empresa,vas a la mutua y se lo solicitas,otra cosa es que si tu baja es por enfermedad comun el dinero que te este pagando la mutua desde que empieza el pago directo te lo quitaran del paro en el caso de que no te concedieran la invalidez,hasta que se resuelva el expediente sigues de baja,lo que no entiendo si es baja comun por que te paga la mutua y no el inss.
Ten en cuenta que esta es mi opinion a no ser que algun forero diga lo contrario.UN SALUDO Y SUERTE
23/04/2012 18:31
Gracias Rupelli. En la notificación que me hizo el INSS de que se me concedía la prórroga de 6 meses después de cumplir un año de baja, ya me comunicaban que el pago de la prestación se efectuaría en la modalidad de pago directo a través de la Mutua que tenía concertada mi empresa. Y así ha venido siendo desde entonces, a pesar de que mi baja no es por accidente laboral. Yo sigo siendo trabajadora de mi empresa hasta el día 1 de Junio por lo que supongo que los meses que se me descontarán del paro serán los que cobre a partir de esa fecha si siguiera de baja por no haberse resuelto aún mi expte. de IP. Si tú o alguién más me lo puede confirmar sería de gran ayuda.
23/04/2012 18:59
Amigo Contra, a ver si esta respuesta es la que deseas saber.
Si tienes una baja por contingencias comunes.
se descontará del período de percepción de la prestación por desempleo, como ya consumido, el tiempo que hubiera permanecido en la situación de incapacidad temporal a partir de la fecha de la extinción del contrato de trabajo.
A ver si es esto lo que quieres saber.
24/04/2012 10:34
Eso es exactamente Trola. Muchas gracias.
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19/04/2012 11:49
El día 12 de Abril se cumplieron 545 días de mi baja médica y tres semanas antes , el 19 de Marzo, ya me hizo el INSS el correspondiente reconocimiento médico para determinar mi situación. A dicho reconocimiento (como a los anteriores) llevé informes médicos actualizados a la fecha, con los que lógicamente se quedaron. Este martes recibí un sms que dice: "El INSS informa que su reconocimiento de IT se ha resuelto con inicio Incapacidad Permanente". Sin embargo cuando hoy he consultado en la página de la SS el proceso de mi expte. excepto el primer punto, todos los demás salen pendientes. Esto no me extrañaría dado lo reciente del inicio del expte. si no fuera porque en el punto segundo "Emisión del informe médico para determinar la situación clínica de incapacidad" no apareciera lo siguiente: "Pte. de la emisión de nuevo informe médico, por demora de la calificación de la Incapacidad hasta el 1/07/2012".

Por favor alguien puede explicarme esto, significa que en esa fecha tendré que presentar un nuevo informe y que hasta entonces no es seguro que vayan a concederme la IP?. En ese caso en que situación estoy ahora?. Perdonad la extensión y muchas gracias a todos por adelantado.
19/04/2012 12:09

2. Cuando la situación de incapacidad temporal se extinga por el transcurso del plazo de 545 días fijado en el párrafo primero de la letra a del apartado 1 del artículo 128, se examinará necesariamente, en el plazo máximo de tres meses, el estado del incapacitado a efectos de su calificación, en el grado de incapacidad permanente que corresponda.
19/04/2012 12:27
Viene a decir, que te toca esperar hasta el 1 de Julio de este año.
Tu no tienes que presentar ningún informe, a no ser que de otro sitio (Seg Social, Privado...) te den alguno y sea muy importante para el expediente.
Saludos
19/04/2012 17:37
Gracias por vuestras respuestas, pero como mi empresa acogiéndose a la ley ha dejado de cotizar por mí el mismo día 12 de Abril y la incapacidad no se va a resolver hasta julio, me gustaría saber si va a seguir pagándome la Mutua como hasta ahora o si tengo que hacer yo algún trámite para que me paguen. Por otro lado el día 1 de Junio se me acaba el contrato de trabajo con mi empresa y dada esta nueva situación quisiera saber si puedo acceder al paro o si a esos efectos se considera que sigo de baja médica y no puedo hacerlo hasta que todo se resuelva. Muchas gracias de nuevo.
20/04/2012 01:03
hola contra nos puedes decir desde cuando estas de baja y por que razon?gracias.
20/04/2012 09:54
Estoy de baja por enfermedad (no por accidente laboral o de otro tipo) desde Octubre de 2010.
23/04/2012 10:33
Si alguien puede contestarme a mi pregunta anterior lo agradecería: Voy a cesar en mi empresa el 1 de Junio, pero mi expediente de incapacidad permantente todavía no se habrá resuelto en esa fecha. Qué sucede con el paro, tengo que pedirlo en ese momento o se considera que sigo de baja médica y podré hacerlo si finalmente no me conceden la incapacidad permanente?. Muchas gracias.
23/04/2012 13:09
hola contra me parece que tendrias que pedir a la mutua el pago directo cuando ceses en la empresa,vas a la mutua y se lo solicitas,otra cosa es que si tu baja es por enfermedad comun el dinero que te este pagando la mutua desde que empieza el pago directo te lo quitaran del paro en el caso de que no te concedieran la invalidez,hasta que se resuelva el expediente sigues de baja,lo que no entiendo si es baja comun por que te paga la mutua y no el inss.
Ten en cuenta que esta es mi opinion a no ser que algun forero diga lo contrario.UN SALUDO Y SUERTE
23/04/2012 18:31
Gracias Rupelli. En la notificación que me hizo el INSS de que se me concedía la prórroga de 6 meses después de cumplir un año de baja, ya me comunicaban que el pago de la prestación se efectuaría en la modalidad de pago directo a través de la Mutua que tenía concertada mi empresa. Y así ha venido siendo desde entonces, a pesar de que mi baja no es por accidente laboral. Yo sigo siendo trabajadora de mi empresa hasta el día 1 de Junio por lo que supongo que los meses que se me descontarán del paro serán los que cobre a partir de esa fecha si siguiera de baja por no haberse resuelto aún mi expte. de IP. Si tú o alguién más me lo puede confirmar sería de gran ayuda.
23/04/2012 18:59
Amigo Contra, a ver si esta respuesta es la que deseas saber.
Si tienes una baja por contingencias comunes.
se descontará del período de percepción de la prestación por desempleo, como ya consumido, el tiempo que hubiera permanecido en la situación de incapacidad temporal a partir de la fecha de la extinción del contrato de trabajo.
A ver si es esto lo que quieres saber.
24/04/2012 10:34
Eso es exactamente Trola. Muchas gracias.