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estafa bancaria

6 Comentarios
 
Estafa bancaria
05/03/2009 18:58
He descontado recibos (mediante norma 58 por internet) a clientes a los que no habia vendido, a la hora del vencimiento de las facturas han sido devueltas.
Ahora no puedo reponer ese dinero al banco y este me ha amenazado que va a llegar a jucio por estafa. La cantidad son unos 40.000 €. Que me puede pasar
06/03/2009 18:59
Me da la sensación de aquí no hay estafa, sino más bien apropiación de lo indebido, "apropiación indebida",pues no se cumplen todos los requisitos exigidos por la jurispridencia para que el delito estafa se produzca. Si es cierto que usted pretendió realizar una estafa pero las victimas "no tragaron" no fueron engañadas. La apropiacion indebida es otra defraudación, penada por el articulo 252 del Código penal, al que puede acudir usted para saber que le pedirán de entrada.
Un saludo.
06/03/2009 22:37
No estoy de acuerdo con el compañero, ya que para que haya apropiación indebida el dinero tendría que ser entregado en depósito, comisión, o administración, y entiendo que no es el caso.

Entiendo que hay engaño, disposición patrimonial, y perjuicio, por lo que probablemente hablemos de estafa.

Mi duda es si esa operación por internet puede entenderse como un negocio cambiario ficticio, para saber si hay o no subtipo agravado del 250.
07/03/2009 02:15
Si consideramos sujeto pasivo al banco, en efecto, hay estafa, pues nuestro amigo ha creado un artificio con el objeto de hacer pasar por cierta una situación que no lo es,como forma de inducir a error a otro que,en virtud de la aceptación de tal apariencia como real, dispone de una cantidad a su favor, con el consiguiente perjuicio patrimonial para el banco. Una simulación de circunstancias que no existen(hay engaño y dolo). Como la suma es superior a 400€ hay delito. La pena por el delito de estafa la establece el 249, y que va de seis meses a tres años de prisión.
En cuanto al articulo 250, pienso que cabria la circunstancia 7ª, en definitiva, por abuso de confianza que el defraudador tiene sobre la victima por razón de su credibilidad empresarial o profesional sobre la misma. En tal caso la pena seria pena de prisión de uno a seis años y multa de seis a doce meses.
07/03/2009 10:42
vale y si devuelvo el dinero al banco creen que me podran seguir acusando de estafa.

Como norma general cuanto tiempo de condena suelen poner por este caso.
07/03/2009 10:43

ire a la carcel por este motivo
07/03/2009 13:35
presentaté en el banco y diles que la verdad es que tenías un apuro gordisimo y que aprovechandote de su confianza por el largo tiempo que llevavais trabajando juntos que no viste otra forma de solucionar el problema, que le les devuelves el dinero y que ellos digan que interés debes pagar. Ponte en sus manos y que ellos vean que dependes de ellos. Un saludo.
estafa bancaria | PorticoLegal
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Estafa bancaria
05/03/2009 18:58
He descontado recibos (mediante norma 58 por internet) a clientes a los que no habia vendido, a la hora del vencimiento de las facturas han sido devueltas.
Ahora no puedo reponer ese dinero al banco y este me ha amenazado que va a llegar a jucio por estafa. La cantidad son unos 40.000 €. Que me puede pasar
06/03/2009 18:59
Me da la sensación de aquí no hay estafa, sino más bien apropiación de lo indebido, "apropiación indebida",pues no se cumplen todos los requisitos exigidos por la jurispridencia para que el delito estafa se produzca. Si es cierto que usted pretendió realizar una estafa pero las victimas "no tragaron" no fueron engañadas. La apropiacion indebida es otra defraudación, penada por el articulo 252 del Código penal, al que puede acudir usted para saber que le pedirán de entrada.
Un saludo.
06/03/2009 22:37
No estoy de acuerdo con el compañero, ya que para que haya apropiación indebida el dinero tendría que ser entregado en depósito, comisión, o administración, y entiendo que no es el caso.

Entiendo que hay engaño, disposición patrimonial, y perjuicio, por lo que probablemente hablemos de estafa.

Mi duda es si esa operación por internet puede entenderse como un negocio cambiario ficticio, para saber si hay o no subtipo agravado del 250.
07/03/2009 02:15
Si consideramos sujeto pasivo al banco, en efecto, hay estafa, pues nuestro amigo ha creado un artificio con el objeto de hacer pasar por cierta una situación que no lo es,como forma de inducir a error a otro que,en virtud de la aceptación de tal apariencia como real, dispone de una cantidad a su favor, con el consiguiente perjuicio patrimonial para el banco. Una simulación de circunstancias que no existen(hay engaño y dolo). Como la suma es superior a 400€ hay delito. La pena por el delito de estafa la establece el 249, y que va de seis meses a tres años de prisión.
En cuanto al articulo 250, pienso que cabria la circunstancia 7ª, en definitiva, por abuso de confianza que el defraudador tiene sobre la victima por razón de su credibilidad empresarial o profesional sobre la misma. En tal caso la pena seria pena de prisión de uno a seis años y multa de seis a doce meses.
07/03/2009 10:42
vale y si devuelvo el dinero al banco creen que me podran seguir acusando de estafa.

Como norma general cuanto tiempo de condena suelen poner por este caso.
07/03/2009 10:43

ire a la carcel por este motivo
07/03/2009 13:35
presentaté en el banco y diles que la verdad es que tenías un apuro gordisimo y que aprovechandote de su confianza por el largo tiempo que llevavais trabajando juntos que no viste otra forma de solucionar el problema, que le les devuelves el dinero y que ellos digan que interés debes pagar. Ponte en sus manos y que ellos vean que dependes de ellos. Un saludo.