Amigo César. Siento no poder responder a su pregunta, pues no quiero inducirle a error . Las posibildades de un foro son limitadas , y su caso demasido complejo.
Hoy por hoy , por mucha información que hay en internet , nada sustituye a una consulta profesional. y el dinero que usted gaste, en asesoramiento, será bien invertido.
puedo preguntartle si la parte que no le gusta es la de la claúsula tres donde dice:
"y como señal de la compra de la vivienda en concepto de contrato de arras "
lo que queremos decir es que en caso de que ejecutáramos la compra el dinero adelantado valdría como parte de los 300.000€ del precio acordado de compra/venta
gracias por la respuesta, hablaré con un profesional experto en arrendamientos.
En cualquier caso, nosotros ya no estamos interesados en comprar, y mi duda es saber si en el caso de que el banco decida sacar a subasta la casa, nos pueden echar ya o han de esperar los 32 meses que ya hemos pagado en concepto de alquiler.
Hola cegarciac. Coincido con la respuesta ofrecida por mi compañero catón. Para un asesoramiento adecuado es absolutamente necesario poder examinar la totalidad del contrato y tener,además,todos los datos relativos a su caso.Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con el contrato,la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, le asesorará sobre mejor forma de proceder.
la cantidad adelantada viene reflejada en el contrato de alquiler con opcion a compra de la siguiente forma:
ESTIPULACIONES
SEGUNDA: El plazo de duración del alquiler es de 32 meses a partir de la fecha de contrato (dicha fecha ha sido el 01/03/2009 TERCERA: El precio pactado entre ambas partes como concepto de alquiler mensual es de OCHOCIENTOS CINCUENTA (850€) euros. El arrendatario ha satisfecho al arrendador por anticipado, como precio del alquiler con opción a compra y como señal de la compra de la vivienda en concepto de contrato de arras la cantidad de VEINTI-SIETE MIL (27.000€) euros."
Comentarte que anteriormiente en un contrato de arras le adelantamos los 27.000 euros, y lo hemos puesto como adelanto en las cuotas del alquiler con opción a compra que durará un máximo de 32 meses.
Nos da eso derecho a permanecer al menos 32 meses de alquiler, habiendo satisfecho ya el importe?
Sin ver el contrato , no es fácil ofrecerle, una respuesta adecuada . En principio , la opción de compra , es un derecho , no, una obligación, que se puede realizar en un momento concreto, y previamente pactado , en un precio establecido.
Mientras no se ejercite la opción , el régimen legal aplicable , es el del arrendamiento , y sus derechos, cómo inquilino deben ser respetados, por cualquier nuevo propietario.
Ahora bien , el que usted haya dado una cantidad importante , en concepto de pago para el piso , puede conllevar , el que no estemos , ante un contrato de arrendamiento con opción a compra. Es aconsejable , que un profesional estudie dicho contrato , para determinar desde un punto de vista estrictamente legal , en concepto de qué se hizo ese pago .
Es necesario , determinar claramente , su situación como arrendatario. Para garantizar , al menos, los cinco años de la posesión del arrendamiento .
Por otra parte , si usted está interesado en la compra de la vivienda , y una vez garantizada, su situación como arrendatario , perfectamente puede usted , personase en la subasta y realizar una puja .
O quizás, ponerse en contacto, con el acreedor, comprar la deuda, y subrogarse en su situación.
mi situación es que mi pareja y yo nos hemos metido en alquiler con opción a compra en un piso, y el propietario actual tiene una carga contra la casa.
Nosotros le adelantamos al propietario una cantidad importante de dinero en concepto de adelanto para el pago del piso. Tenemos miedo de que el banco saque a subasta la casa, pues el propietario ha dejado de pagar las letras. Nos pueden echar de la casa al estar de alquiler? Por otra parte, seguimos interesados en comprarla,