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estancia por estudios en Barcelona

2 Comentarios
 
Estancia por estudios en barcelona
18/04/2012 17:16
Muy buenas a todos.
Iba a proceder como er habitual a enviar a Subdelegación del Gobierno a una persona que se había sacado un visado de estudiante en su país, para que le tramitaran la correspondiente autorización de estancia por estudios y me he encontrado con la sorpresa de que esto ya no sigue este cauce. Según me han indicado, dentro del mes de haber entrado en España, debe dirigirse a la Comisaría de Policía, donde le adjudicarán un NIE y le tramitarán esa autoreización, y que el modelo de solicitud es una llamado Impreso de Solicitud de Visado Nacional. ¿Alguien me puede ofrecer más datos, o confirmar que esa información sea correcta?, ¿Sabéis si la Comisaría funciona con cita previa? Muchas gracias.
18/04/2012 18:53
Hola.

Es que la persona ya viene desde su país provista de un visado de estudios, del tipo D, superior a 6 meses, expedido a partir de una resolución favorable de la Subdelegación del Gobierno en la provincia, por lo que está obligada a solicitar la tarjeta de identidad de extranjero como estudiante, en el plazo de un mes, directamente.

No se debe hacer trámite alguno en la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno, porque ya ha sido resuelto por ella la autorización de estancia por estudios. El Consulado de España, ya en en el procedimiento de obtención del visado, debe consultar, por medios telemáticos, a la Subdelegación del Gobierno en la provincia donde la persona va a realizar sus estudios. Es la Subdelegación la que resuelve y comunica su resolución al Consulado. El Consulado, sobre la base de la resolución de la Subdelegación del Gobierno, expide el visado (art. 39.3, del Reglamento de la Ley de Extranjería).

Por tanto, al haber ya resuelto en la fase de obtención del visado, no tendría sentido iniciar procedimiento administrativo alguno ante la Oficina de Extranjeros de la Subdelegación del Gobierno en la provincia, por cuanto carecería de objeto.

Por ello, la persona solo debe solicitar, en el plazo de un mes de su entrada en España, directamente, la expedición de la tarjeta de identidad de extranjero como estudiante. En Barcelona capital, se solicita en la Comisaría de Policía de la calle Guadalajara, esquina con Bosch, en horario de 9:00 h. a 14:00 h., de lunes a viernes.

Debe llevar el impreso de solicitud por duplicado y el comprobante del pago de la tasa en el banco.

IMPRESO EX-17:

http://extranjeros.empleo.gob.es/es/ModelosSolicitudes/Mod_solicitudes2/17-Formulario_TIE.pdf

ACCESO AL PAGO DE LA TASA:

https://sede.mpt.gob.es/frontend/portada/seccion/tasa052/

Un cordial saludo.
18/04/2012 19:05
Muchísimas gracias Conde. Como siempre, es un placer recibir tus respuestas.
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2 Comentarios
 
Estancia por estudios en barcelona
18/04/2012 17:16
Muy buenas a todos.
Iba a proceder como er habitual a enviar a Subdelegación del Gobierno a una persona que se había sacado un visado de estudiante en su país, para que le tramitaran la correspondiente autorización de estancia por estudios y me he encontrado con la sorpresa de que esto ya no sigue este cauce. Según me han indicado, dentro del mes de haber entrado en España, debe dirigirse a la Comisaría de Policía, donde le adjudicarán un NIE y le tramitarán esa autoreización, y que el modelo de solicitud es una llamado Impreso de Solicitud de Visado Nacional. ¿Alguien me puede ofrecer más datos, o confirmar que esa información sea correcta?, ¿Sabéis si la Comisaría funciona con cita previa? Muchas gracias.
18/04/2012 18:53
Hola.

Es que la persona ya viene desde su país provista de un visado de estudios, del tipo D, superior a 6 meses, expedido a partir de una resolución favorable de la Subdelegación del Gobierno en la provincia, por lo que está obligada a solicitar la tarjeta de identidad de extranjero como estudiante, en el plazo de un mes, directamente.

No se debe hacer trámite alguno en la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno, porque ya ha sido resuelto por ella la autorización de estancia por estudios. El Consulado de España, ya en en el procedimiento de obtención del visado, debe consultar, por medios telemáticos, a la Subdelegación del Gobierno en la provincia donde la persona va a realizar sus estudios. Es la Subdelegación la que resuelve y comunica su resolución al Consulado. El Consulado, sobre la base de la resolución de la Subdelegación del Gobierno, expide el visado (art. 39.3, del Reglamento de la Ley de Extranjería).

Por tanto, al haber ya resuelto en la fase de obtención del visado, no tendría sentido iniciar procedimiento administrativo alguno ante la Oficina de Extranjeros de la Subdelegación del Gobierno en la provincia, por cuanto carecería de objeto.

Por ello, la persona solo debe solicitar, en el plazo de un mes de su entrada en España, directamente, la expedición de la tarjeta de identidad de extranjero como estudiante. En Barcelona capital, se solicita en la Comisaría de Policía de la calle Guadalajara, esquina con Bosch, en horario de 9:00 h. a 14:00 h., de lunes a viernes.

Debe llevar el impreso de solicitud por duplicado y el comprobante del pago de la tasa en el banco.

IMPRESO EX-17:

http://extranjeros.empleo.gob.es/es/ModelosSolicitudes/Mod_solicitudes2/17-Formulario_TIE.pdf

ACCESO AL PAGO DE LA TASA:

https://sede.mpt.gob.es/frontend/portada/seccion/tasa052/

Un cordial saludo.
18/04/2012 19:05
Muchísimas gracias Conde. Como siempre, es un placer recibir tus respuestas.