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¿estaría legitimada una subcomunidad para impugnar acuerdo que ha tomado la mancomunidad?

11 Comentarios
 
¿estaría legitimada una subcomunidad para impugnar acuerdo que ha tomado la mancomunidad?
07/01/2023 21:58
Buenos días,
El acuerdo adoptado en la Mancomunidad invalida otro tomado con anterioridad por unanimidad en la Subcomunidad, en Junta Extraordinaria y que quedó registrado en el libro de actas de la Subcomnidad, que está debidamente diligenciado en el Registro de la Propiedad. Se remitió copia del acta al presidente y administrador de la Mancomunidad.

En los Estatutos se definen cuáles son las competencias de la Mancomunidad y cuales son de las Subcomunidades y dice también que a las Subcomunidades se le aplicarán también las normas de la propiedad horizontal. Lo mismo se dice en el artículo 2º d) de la LPH, que dicha ley será de aplicación a las Subcumunidades

El acuerdo adoptado en la Subcomunidad es en un asunto, según los Estatutos, de exclusiva competencia de las Subcomunidades. Al haberse inmiscuido la Mancomunidad sin tener las competencias para ello,
Me pregunto:
¿podría considerarse improcedente ese acuerdo y por lo tanto anulable?
¿En ese caso, podría el Presidente de la Subcomunidad, una vez obtenido el consentimiento de los integrantes que la forman, impugnar ese pseudo-acuerdo de la Mancomunidad en los tribunales?
Muchas gracias.
07/01/2023 22:33
Entiendo que sin saber el caso, no se puede aventurar nada
Porque si es algo de la propia subcomunidad, la mancomunidad no tiene nada que decir.
08/01/2023 12:08
Habría que conocer las competencias otorgadas en el estatuto a la mancomunidad y saber si vulnera o no ésta competencia con respecto a la subcomunidad. Sí la mancomunidad se entromete en temas propios de la subcomunidad donde no tiene competencias poco podrá hacer, por lo que me parece rara su consulta salvo que la aclare.
08/01/2023 19:00
Fontanero
Gracias por contestar, tanto a Vd., como al comentarista anterior Jalisco.

A ver si consigo aclararlo un poco más.

La Mancomunidad sí que ha dicho, y sí que ha hecho: ha aprobado un acuerdo sin tener las competencias para ello, y sospecho que si no se impugna, se convertirá en un acuerdo válido y de obligado cumplimiento.

Vamos a dar por hecho, para facilitar la consulta, que eso es así, que la Mancomunidad se ha inmiscuido en un asunto en el que no tiene competencia.

En ese caso, tengo claro que eso lo puedo impugnar, porque salvé mi voto en la Junta.

Mi duda es si en lugar de impugnar de manera individual, podría hacerlo el Presidente de la Subcomunidad afectada, porque en la LPH se habla de los requisitos que debe reunir un comunero para poder impugnar, pero qué pasa si lo hace el Presidente en nombre de toda la Subcomunidad, ¿eso lo aceptaría el juez?. Sospecho que sí, pero pregunto, por si alguien conoce lo que se ha hecho en algún caso parecido que se haya dado.
08/01/2023 20:39
Cuando se desconoce datos, no se puede, ni se puede opinar.
O sea sin saber el problema, nadie le indicará nada
08/01/2023 21:21
jalisco
El tema es sobre instalación de ascensores. En los estatutos esa competencia la tienen las Subcomunidades, pero la Mancomunidad ha hecho una propuesta de instalación para todos los portales con unas características concretas.

Dicha propuesta ha sido analizada y votada por cada Subcomunidad. En la mía, por ejemplo, como nos parece un disparate, la hemos rechazado por unanimidad, porque preferimos ver otras opciones. Ese acuerdo lo hemos reflejado en un acta. No ha ocurrido así en todas. En algunas se ha dado un resultado más ajustado, concretamente donde vive el presidente de la Mancomunidad se ha producido un empate y este señor, para sortear ese inconveniente decidió llevar la propuesta a la Asamblea de la Mancomunidad, donde fue aprobada por mayoría simple de los asistentes.
08/01/2023 21:45
Antonios69
La pregunta debería ser al revés.
?estaría legitimada una mancomunidad, para impugnar un acuerdo de una subcomunidad?
Respuesta:
NO
La subcomunidad no tiene que impugnar nada, solo cumplir lo acordado por unanimidad, y que la mancomunidad mueva ficha.
Por cierto ,?cuántas subcomunidades integran esa mancomunidad?
09/01/2023 08:59
Por fin ha aclarado usted el problema.
La mancomunidad se ha metido en un tema privado de las subcomunidades que son la instalación de ascensores y ahí la mancomunidad no tiene poder de decisión ya que son temas directos de cada comunidad.
Que el presidente de la mancomunidad haya buscado un subterfugio para aprobar la instalación de un ascensor en su comunidad eso no tiene recorrido alguno y no tiene poder para acordar esa instalación en los diferentes portales, porque quién lo pagará?. Pero su pregunta es impugnar o no impugnar? Mi opinión es que ese acuerdo es nulo porque la mancomunidad no tiene potestad de deciones en problemas propios de cada comunidad o ajenos de la mancomunidad y no se debería haber tratado en esa junta, lo malo es que se trató y se votó y consta en acta. Y aquí hay un dilema que el que contrata a una empresa para la instalación de un ascensor es la comunidad que lo requiere con la firma del presidente de esa comunidad, que serán los que pagarán esa instalación. Aquí la mancomunidad no pinta nada y nunca de debió tratar ni votar éste asunto.
09/01/2023 15:10
Ustedes tienen como es lógico un administrador que lleva la mancomunidad y otro o el mismo que lleva su edificio.
Y él que dice?
Porqué sin que usted nos diga nada ya se le puede decir que deben echarle por falta de profesionalidad, si no ha abierto la boca y nos les ha aclarado el problema
09/01/2023 22:30
Sí, tenemos un administrador profesional en la Mancomunidad. En la Subcomunidad las funciones de administrador las hace el presidente, que le ha remitido tanto al presidente, como al administrador de la Mancomunidad, el acta con nuestro acuerdo, que rechaza por unanimidad la instalación propuesta, advirtiéndoles, también, de que no se pueden tomar acuerdos en la Mancomunidad en asuntos, que según los estatutos, son de nuestra exclusiva competencia, pero nada, ni caso.

No nos va a quedar más remedio que impugnar.

¿Alguien sabe, lo que suele cobrar un abogado por tramitar una impugnación?
09/01/2023 22:59
Pues a ese administrador de la mancomunidad, es a quien que poner de patitas en la calle.
Nos puede indicar quien estuvo y quien votó en la junta de la mancomunidad, cuando se aprobó la instalación.
No le puedo indicar coste, pero deben tener en cuenta que como es lógico un juez les dará la razón, la mancomunidad deberá ser quien pague el abogado y procurador de su comunidad.
Y yo pregunto si no tiene validez que la mancomunidad vote un acuerdo que no le compete, porqué hay que impugnarlo ?
Yo creo que lo realizado por su edificio es lo correcto y si no hacen ni caso, pues se les indica por escrito que deberan denunciarles ellos a ustedes, porque no piensan autorizar su instalacion ni contribuiran con un €
Como ese acuerdo es nulo de pleno derecho, nunca caduca, por eso que sea la maNcomunidad quien de el primer paso y ustedes tienen toda la vida para impugnar el acuerdo
11/01/2023 16:09
Antonios69
Cuántas subcomunidades conforman la mancomunidad?

Ninguna tiene administrador profesional? Todas las regentan su presidente?

El administrador de la mancomunidad, cuanto os cuesta a cada comunidad?.

Se han hecho estudios de viabilidad para poner el ascensor en todas las comunidades?

Cuanto cuesta el ponerlo?. Los propietarios son conocedores de su coste y como se hace pagar?.

Lo que usted cuenta suena muy raro.
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11 Comentarios
 
¿estaría legitimada una subcomunidad para impugnar acuerdo que ha tomado la mancomunidad?
07/01/2023 21:58
Buenos días,
El acuerdo adoptado en la Mancomunidad invalida otro tomado con anterioridad por unanimidad en la Subcomunidad, en Junta Extraordinaria y que quedó registrado en el libro de actas de la Subcomnidad, que está debidamente diligenciado en el Registro de la Propiedad. Se remitió copia del acta al presidente y administrador de la Mancomunidad.

En los Estatutos se definen cuáles son las competencias de la Mancomunidad y cuales son de las Subcomunidades y dice también que a las Subcomunidades se le aplicarán también las normas de la propiedad horizontal. Lo mismo se dice en el artículo 2º d) de la LPH, que dicha ley será de aplicación a las Subcumunidades

El acuerdo adoptado en la Subcomunidad es en un asunto, según los Estatutos, de exclusiva competencia de las Subcomunidades. Al haberse inmiscuido la Mancomunidad sin tener las competencias para ello,
Me pregunto:
¿podría considerarse improcedente ese acuerdo y por lo tanto anulable?
¿En ese caso, podría el Presidente de la Subcomunidad, una vez obtenido el consentimiento de los integrantes que la forman, impugnar ese pseudo-acuerdo de la Mancomunidad en los tribunales?
Muchas gracias.
07/01/2023 22:33
Entiendo que sin saber el caso, no se puede aventurar nada
Porque si es algo de la propia subcomunidad, la mancomunidad no tiene nada que decir.
08/01/2023 12:08
Habría que conocer las competencias otorgadas en el estatuto a la mancomunidad y saber si vulnera o no ésta competencia con respecto a la subcomunidad. Sí la mancomunidad se entromete en temas propios de la subcomunidad donde no tiene competencias poco podrá hacer, por lo que me parece rara su consulta salvo que la aclare.
08/01/2023 19:00
Fontanero
Gracias por contestar, tanto a Vd., como al comentarista anterior Jalisco.

A ver si consigo aclararlo un poco más.

La Mancomunidad sí que ha dicho, y sí que ha hecho: ha aprobado un acuerdo sin tener las competencias para ello, y sospecho que si no se impugna, se convertirá en un acuerdo válido y de obligado cumplimiento.

Vamos a dar por hecho, para facilitar la consulta, que eso es así, que la Mancomunidad se ha inmiscuido en un asunto en el que no tiene competencia.

En ese caso, tengo claro que eso lo puedo impugnar, porque salvé mi voto en la Junta.

Mi duda es si en lugar de impugnar de manera individual, podría hacerlo el Presidente de la Subcomunidad afectada, porque en la LPH se habla de los requisitos que debe reunir un comunero para poder impugnar, pero qué pasa si lo hace el Presidente en nombre de toda la Subcomunidad, ¿eso lo aceptaría el juez?. Sospecho que sí, pero pregunto, por si alguien conoce lo que se ha hecho en algún caso parecido que se haya dado.
08/01/2023 20:39
Cuando se desconoce datos, no se puede, ni se puede opinar.
O sea sin saber el problema, nadie le indicará nada
08/01/2023 21:21
jalisco
El tema es sobre instalación de ascensores. En los estatutos esa competencia la tienen las Subcomunidades, pero la Mancomunidad ha hecho una propuesta de instalación para todos los portales con unas características concretas.

Dicha propuesta ha sido analizada y votada por cada Subcomunidad. En la mía, por ejemplo, como nos parece un disparate, la hemos rechazado por unanimidad, porque preferimos ver otras opciones. Ese acuerdo lo hemos reflejado en un acta. No ha ocurrido así en todas. En algunas se ha dado un resultado más ajustado, concretamente donde vive el presidente de la Mancomunidad se ha producido un empate y este señor, para sortear ese inconveniente decidió llevar la propuesta a la Asamblea de la Mancomunidad, donde fue aprobada por mayoría simple de los asistentes.
08/01/2023 21:45
Antonios69
La pregunta debería ser al revés.
?estaría legitimada una mancomunidad, para impugnar un acuerdo de una subcomunidad?
Respuesta:
NO
La subcomunidad no tiene que impugnar nada, solo cumplir lo acordado por unanimidad, y que la mancomunidad mueva ficha.
Por cierto ,?cuántas subcomunidades integran esa mancomunidad?
09/01/2023 08:59
Por fin ha aclarado usted el problema.
La mancomunidad se ha metido en un tema privado de las subcomunidades que son la instalación de ascensores y ahí la mancomunidad no tiene poder de decisión ya que son temas directos de cada comunidad.
Que el presidente de la mancomunidad haya buscado un subterfugio para aprobar la instalación de un ascensor en su comunidad eso no tiene recorrido alguno y no tiene poder para acordar esa instalación en los diferentes portales, porque quién lo pagará?. Pero su pregunta es impugnar o no impugnar? Mi opinión es que ese acuerdo es nulo porque la mancomunidad no tiene potestad de deciones en problemas propios de cada comunidad o ajenos de la mancomunidad y no se debería haber tratado en esa junta, lo malo es que se trató y se votó y consta en acta. Y aquí hay un dilema que el que contrata a una empresa para la instalación de un ascensor es la comunidad que lo requiere con la firma del presidente de esa comunidad, que serán los que pagarán esa instalación. Aquí la mancomunidad no pinta nada y nunca de debió tratar ni votar éste asunto.
09/01/2023 15:10
Ustedes tienen como es lógico un administrador que lleva la mancomunidad y otro o el mismo que lleva su edificio.
Y él que dice?
Porqué sin que usted nos diga nada ya se le puede decir que deben echarle por falta de profesionalidad, si no ha abierto la boca y nos les ha aclarado el problema
09/01/2023 22:30
Sí, tenemos un administrador profesional en la Mancomunidad. En la Subcomunidad las funciones de administrador las hace el presidente, que le ha remitido tanto al presidente, como al administrador de la Mancomunidad, el acta con nuestro acuerdo, que rechaza por unanimidad la instalación propuesta, advirtiéndoles, también, de que no se pueden tomar acuerdos en la Mancomunidad en asuntos, que según los estatutos, son de nuestra exclusiva competencia, pero nada, ni caso.

No nos va a quedar más remedio que impugnar.

¿Alguien sabe, lo que suele cobrar un abogado por tramitar una impugnación?
09/01/2023 22:59
Pues a ese administrador de la mancomunidad, es a quien que poner de patitas en la calle.
Nos puede indicar quien estuvo y quien votó en la junta de la mancomunidad, cuando se aprobó la instalación.
No le puedo indicar coste, pero deben tener en cuenta que como es lógico un juez les dará la razón, la mancomunidad deberá ser quien pague el abogado y procurador de su comunidad.
Y yo pregunto si no tiene validez que la mancomunidad vote un acuerdo que no le compete, porqué hay que impugnarlo ?
Yo creo que lo realizado por su edificio es lo correcto y si no hacen ni caso, pues se les indica por escrito que deberan denunciarles ellos a ustedes, porque no piensan autorizar su instalacion ni contribuiran con un €
Como ese acuerdo es nulo de pleno derecho, nunca caduca, por eso que sea la maNcomunidad quien de el primer paso y ustedes tienen toda la vida para impugnar el acuerdo
11/01/2023 16:09
Antonios69
Cuántas subcomunidades conforman la mancomunidad?

Ninguna tiene administrador profesional? Todas las regentan su presidente?

El administrador de la mancomunidad, cuanto os cuesta a cada comunidad?.

Se han hecho estudios de viabilidad para poner el ascensor en todas las comunidades?

Cuanto cuesta el ponerlo?. Los propietarios son conocedores de su coste y como se hace pagar?.

Lo que usted cuenta suena muy raro.