Prentendo segregar un local en dos. Para ello he ido al administrador que me ha comentado que en los estatutos de la comunidad viene definido que no hace falta solicitar el permiso a la Comunidad de Propietarios.
Al solicitarle copia de los estatutos me ha remitido al registro. ¿Puedo indicarle que me de una copia? ¿se la tengo que solicitar al Presidente? o ¿Tengo que ir al registro a pedirlo todo?
No ha nada que obligue a la Comunidad (Presidente o Administrador) a tener copia de la escritura de Division Horizontal y los Estatutos, por lo que debera ir al Registro de la Propiedad.
Me parece de género tonto que si el administrador tiene los estatutos de la comunidad el negarle a hacerle una copia. De todas forma, también me parece lamentable que los miembros de una comunidad no tenga o conozcan que tienen estatuto.