Hola ayer escribí en este foro por un vecino que me denuncio por unos temas de un patio de luces. Hoy esto ya paso de la raya esta persona se dedico a grabar o sacar fotos no lo sabemos fijo resumiendo enfocando con su teléfono a mi mujer mientras limpiaba el balcón horas antes escuchamos como en la calle hablaba de mi mujer diciendo que era una guarra y un hija de ....
Nos falta contexto. El blocking y el acoso vienen recogidos en artículo 172 del Código Penal y exige que los actos sean reiterados, como también se puede ver en la sentencia del Tribunal Supremo https://supremo.vlex.es/vid/678937741. Así que si son solo los hechos que mencionas, no parece que haya ningún tipo de acoso.