Artículo 607. Embargo de sueldos y pensiones.
1. Es inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución
o su equivalente, que no exceda de la cuantía
señalada para el salario mínimo interprofesional.
Hacienda esta embargo a personas cuyos unicos ingresos son donaciones de familiares y amigos... haciendo lo justifica con una interpretación sesgada de la ley "..... no corresponde a salario , por lo que es plenamente embargable".
Es posible que con esa interpretación hacienda este recaudando millones de euros? como se denuncia eso?